Disposiciones generales. . (2023/95-2)
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convoca para el ejercicio 2023, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a Entidades Privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas, y a Entidades Locales Andaluzas para la prevención comunitaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
ÁMBITO TERRITORIAL
MÁLAGA
SEVILLA
AUTONÓMICO
TOTAL
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 8923/5
IMPORTE
103.410,68 €
90.089,32 €
224.724,49 €
195.775,51 €
415.121,99 €
361.646,01 €
2.367.258,00 €
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS
1300020000 G/31B/ 48202 / 29 01
1300180000 G/31B/ 48200 / 29 S0066
1300020000 G/31B/ 48202 / 41 01
1300180000 G/31B/ 48200 / 41 S0066
1300010000 G/31B/ 48202 / 00 01
1300180000 G/31B/ 48200 / 00 S0066
TOTAL
193.500,00 €
420.500,00 €
776.768,00 €
2.367.258,00 €
Séptimo. Actuaciones subvencionables.
Solo podrán financiarse en la presente convocatoria las actuaciones definidas para
cada una de las tres líneas en el Anexo de la presente resolución, de acuerdo con el
apartado 2.a) del Cuadro Resumen de cada una de las líneas recogidas en la Orden de 1
de julio de 2020.
Octavo. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. De acuerdo con lo establecido en el apartado 10.b) de los Cuadros Resumen de
las tres líneas, las solicitudes de entidades de ámbito autonómico o supraprovincial, irán
dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud
Mental y Adicciones de la Consejería de Salud y Consumo. Las que tengan ámbito
provincial o local, se dirigirán a la persona titular de la correspondiente Delegación
Territorial de la Consejería de Salud y Consumo.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a
partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía de su Extracto, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de las Bases
Reguladoras Tipo.
3. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo establecido en el Anexo I que
se publica conjuntamente con la presente Resolución, y se presentarán en el Registro
Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, conforme dispone el apartado
10.c) del cuadro resumen de cada una de las líneas, en la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml.
Tanto la solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación
y presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 1 de julio de 2020 de
Bases Reguladoras, se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de
Andalucía o en la siguiente url:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html.
4. La utilización de los formularios Anexos I y II incorporados a la Resolución de
convocatoria, tendrá carácter obligatorio, debiendo las entidades solicitantes ajustarse a
los mismos, de acuerdo con el artículo 10 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, de las
Bases Reguladoras Tipo.
Décimo. Trámite de audiencia, reformulación y aportación de documentos.
A efectos del trámite de audiencia, reformulación y aportación de documentos, la
entidad solicitante deberá cumplimentar el modelo de formulario que figura como Anexo II
publicado en la presente convocatoria. Dicho formulario se podrá obtener en el Portal de
la Administración de la Junta de Andalucía o en la siguiente url:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283954
Noveno. Personas o entidades solicitantes.
La personas o entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el
apartado 4.a) de las Bases Reguladoras que se acreditará con la documentación exigida
en el apartado 15 de las mismas.
BOJA
ÁMBITO TERRITORIAL
MÁLAGA
SEVILLA
AUTONÓMICO
TOTAL
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 8923/5
IMPORTE
103.410,68 €
90.089,32 €
224.724,49 €
195.775,51 €
415.121,99 €
361.646,01 €
2.367.258,00 €
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS
1300020000 G/31B/ 48202 / 29 01
1300180000 G/31B/ 48200 / 29 S0066
1300020000 G/31B/ 48202 / 41 01
1300180000 G/31B/ 48200 / 41 S0066
1300010000 G/31B/ 48202 / 00 01
1300180000 G/31B/ 48200 / 00 S0066
TOTAL
193.500,00 €
420.500,00 €
776.768,00 €
2.367.258,00 €
Séptimo. Actuaciones subvencionables.
Solo podrán financiarse en la presente convocatoria las actuaciones definidas para
cada una de las tres líneas en el Anexo de la presente resolución, de acuerdo con el
apartado 2.a) del Cuadro Resumen de cada una de las líneas recogidas en la Orden de 1
de julio de 2020.
Octavo. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. De acuerdo con lo establecido en el apartado 10.b) de los Cuadros Resumen de
las tres líneas, las solicitudes de entidades de ámbito autonómico o supraprovincial, irán
dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud
Mental y Adicciones de la Consejería de Salud y Consumo. Las que tengan ámbito
provincial o local, se dirigirán a la persona titular de la correspondiente Delegación
Territorial de la Consejería de Salud y Consumo.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a
partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía de su Extracto, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de las Bases
Reguladoras Tipo.
3. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo establecido en el Anexo I que
se publica conjuntamente con la presente Resolución, y se presentarán en el Registro
Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, conforme dispone el apartado
10.c) del cuadro resumen de cada una de las líneas, en la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml.
Tanto la solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación
y presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 1 de julio de 2020 de
Bases Reguladoras, se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de
Andalucía o en la siguiente url:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html.
4. La utilización de los formularios Anexos I y II incorporados a la Resolución de
convocatoria, tendrá carácter obligatorio, debiendo las entidades solicitantes ajustarse a
los mismos, de acuerdo con el artículo 10 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, de las
Bases Reguladoras Tipo.
Décimo. Trámite de audiencia, reformulación y aportación de documentos.
A efectos del trámite de audiencia, reformulación y aportación de documentos, la
entidad solicitante deberá cumplimentar el modelo de formulario que figura como Anexo II
publicado en la presente convocatoria. Dicho formulario se podrá obtener en el Portal de
la Administración de la Junta de Andalucía o en la siguiente url:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283954
Noveno. Personas o entidades solicitantes.
La personas o entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el
apartado 4.a) de las Bases Reguladoras que se acreditará con la documentación exigida
en el apartado 15 de las mismas.