3. Otras disposiciones. . (2023/95-51)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa previa al proyecto de la planta solar fotovoltaica en los términos municipales de Cañete la Real y Almargen (Málaga). (PP. 1686/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023

página 7397/6

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las
variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
3. El plazo para la obtención de la Autorización de Explotación de las instalaciones
será de 2 años contado a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la autorización
de explotación de la instalación, se procederá a la revocación de la presente autorización.
La persona titular de la citada instalación podrá presentar solicitud debidamente
justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación
Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la
terminación del mismo.
4. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han sido
trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación
deberá cumplir los condicionados expuestos en el Informe Vinculante Favorable de la
Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga,
relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada promovida por EDP Renovables
España, S.L.U., para proyecto de la planta solar fotovoltaica denominada «Las Viñas» y su
línea de evacuación de 30 kV, en los términos municipales de Cañete la Real y Almargen
(AAU/MA/21/21), de fecha 10.1.2023, cuyo contenido íntegro se puede consultar en la
página web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente, en el siguiente
enlace: http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
5. La persona titular de la instalación remitirá con carácter semestral a esta Delegación
Territorial informe sobre el estado de ejecución de las obras.
6. La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las
obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la
correspondiente autorización de explotación.
7. La Administración podrá dejar sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que constate:
- El incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la pérdida de los
permisos de acceso y conexión a la red de la instalación.
-L
 a caducidad de la Autorización Ambiental Unificada de la instalación, por
incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la misma.
-Q
 ue como consecuencia de su ejecución se han producido afecciones a bienes
y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio
público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados
expresamente en el proyecto presentado.
En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la
revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Quinto. La Autorización Administrativa Previa y de Construcción se concede a salvo
del derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. La disponibilidad de los bienes y
derechos afectados para la instalación deberán obtenerse por medios válidos en derecho,
no siendo objeto de esta autorización que no implica pronunciamiento alguno sobre la
necesidad de ocupación de los bienes afectados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282432

Cuarto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta
Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones,
permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos
y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes
habrán de respetarse, y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.