5. Anuncios. . (2023/94-81)
Resolución de 26 de abril de 2023, del Ayuntamiento de Tolox, referente a promoción interna por concurso-oposición. (PP. 1891/2023).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8581/3
Quinta. Tribunal Calificador.
Estará constituido por un Presidente, un Secretario con voz y sin voto, y cuatro
Vocales, así como sus correspondientes suplentes.
Presidente.
Un empleado público a designar por la Alcaldía.
Vocales.
1. Un empleado público a designar por la Alcaldía.
2. Un empleado público a designar por la Alcaldía.
3. Un empleado público a designar por la Alcaldía.
4. Un empleado público a designar por la Alcaldía.
Secretario.
El titular de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.
No podrán formar parte del tribunal el personal de selección o designación política,
los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al tribunal será siempre
a título individual, no pudiendo ostentarse este en representación o por cuenta de nadie.
Los miembros del tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o
superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada.
Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.
El tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración
de asesores técnicos, von voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su
especialidad técnica.
El tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del presidente, dos vocales y
el secretario. Le corresponderá dilucidad las cuestiones planteadas durante el desarrollo
del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas
establecidas y aplicar los baremos correspondientes.
Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes
podrán promover la recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283617
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y
excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincial y en
la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://tolox.sedelectronica.es) y se señalará
un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la
finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera
dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por resolución de Alcaldía se procederá a la
aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto
de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento (https://tolox.sedelectronica.es). En esta misma publicación se hará constar
el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas/el día, hora y lugar en
que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores
ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(https://tolox.sedelectronica.es). Los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas
deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica del Ayuntamiento
(https://tolox.sedelectronica.es)
y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para mayor difusión, con doce horas, al
menos de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si se trata de uno nuevo. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la
designación nominal del tribunal.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8581/3
Quinta. Tribunal Calificador.
Estará constituido por un Presidente, un Secretario con voz y sin voto, y cuatro
Vocales, así como sus correspondientes suplentes.
Presidente.
Un empleado público a designar por la Alcaldía.
Vocales.
1. Un empleado público a designar por la Alcaldía.
2. Un empleado público a designar por la Alcaldía.
3. Un empleado público a designar por la Alcaldía.
4. Un empleado público a designar por la Alcaldía.
Secretario.
El titular de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.
No podrán formar parte del tribunal el personal de selección o designación política,
los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al tribunal será siempre
a título individual, no pudiendo ostentarse este en representación o por cuenta de nadie.
Los miembros del tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o
superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada.
Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.
El tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración
de asesores técnicos, von voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su
especialidad técnica.
El tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del presidente, dos vocales y
el secretario. Le corresponderá dilucidad las cuestiones planteadas durante el desarrollo
del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas
establecidas y aplicar los baremos correspondientes.
Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes
podrán promover la recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283617
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y
excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincial y en
la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://tolox.sedelectronica.es) y se señalará
un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la
finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera
dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por resolución de Alcaldía se procederá a la
aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto
de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento (https://tolox.sedelectronica.es). En esta misma publicación se hará constar
el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas/el día, hora y lugar en
que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores
ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(https://tolox.sedelectronica.es). Los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas
deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica del Ayuntamiento
(https://tolox.sedelectronica.es)
y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para mayor difusión, con doce horas, al
menos de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si se trata de uno nuevo. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la
designación nominal del tribunal.