Disposiciones generales. . (2023/94-7)
Decreto-ley 4/2023, de 16 de mayo, por el que se modifican el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, y la Orden de 30 de abril de 2018, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de garantías por la Junta de Andalucía a personas físicas mayores de edad hasta 35 años incluidos con objeto de financiar la adquisición de su primera vivienda habitual, y por las que se efectúa convocatoria para que las entidades financieras que pretendan adherirse al programa como entidades colaboradoras, puedan presentar solicitud para la suscripción del convenio de colaboración.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8857/44
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. La presentación de la solicitud
llevará implícita la autorización para el tratamiento necesario de los datos personales
de las personas beneficiarias y su comunicación a dicha Base de Datos, conforme
se establece en el artículo 123 del Texto Refundido de la ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía.
5. Los datos personales recabados en este procedimiento serán tratados en su
condición de responsable por la Secretaría General competente en materia de vivienda
con la finalidad de llevar a cabo la tramitación administrativa que derive de la gestión
de este procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su
desarrollo. Tendrán la consideración de encargados del tratamiento las entidades
financieras colaboradoras y el agente financiero del Fondo Público Andaluz para la
Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico.
El tratamiento de los datos se basará en el cumplimiento de una misión de interés
público o en el ejercicio de poder público. No obstante, determinados tratamientos podrán
fundamentarse en el consentimiento de las personas interesadas, de las entidades
financieras colaboradoras y del agente financiero del Fondo Público Andaluz para la
Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico, reflejándose esta circunstancia en
los correspondientes formularios de solicitudes.
6. Los datos serán comunicados a las administraciones públicas en el ejercicio
de sus competencias cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus
procedimientos, o para que la ciudadanía pueda acceder de forma integral a la información
relativa a una materia.
7. A fin de darle la publicidad exigida al procedimiento, los datos identificativos de las
personas interesadas serán publicados conforme a lo descrito en las estipulaciones del
presente convenio a través de los distintos medios de comunicación institucionales de los
que dispone la Junta de Andalucía, como diarios oficiales o páginas webs.
00283890
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio en tres ejemplares
y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
La Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda; el Director General de la
Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.
La entidad financiera XXXX
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8857/44
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. La presentación de la solicitud
llevará implícita la autorización para el tratamiento necesario de los datos personales
de las personas beneficiarias y su comunicación a dicha Base de Datos, conforme
se establece en el artículo 123 del Texto Refundido de la ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía.
5. Los datos personales recabados en este procedimiento serán tratados en su
condición de responsable por la Secretaría General competente en materia de vivienda
con la finalidad de llevar a cabo la tramitación administrativa que derive de la gestión
de este procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su
desarrollo. Tendrán la consideración de encargados del tratamiento las entidades
financieras colaboradoras y el agente financiero del Fondo Público Andaluz para la
Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico.
El tratamiento de los datos se basará en el cumplimiento de una misión de interés
público o en el ejercicio de poder público. No obstante, determinados tratamientos podrán
fundamentarse en el consentimiento de las personas interesadas, de las entidades
financieras colaboradoras y del agente financiero del Fondo Público Andaluz para la
Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico, reflejándose esta circunstancia en
los correspondientes formularios de solicitudes.
6. Los datos serán comunicados a las administraciones públicas en el ejercicio
de sus competencias cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus
procedimientos, o para que la ciudadanía pueda acceder de forma integral a la información
relativa a una materia.
7. A fin de darle la publicidad exigida al procedimiento, los datos identificativos de las
personas interesadas serán publicados conforme a lo descrito en las estipulaciones del
presente convenio a través de los distintos medios de comunicación institucionales de los
que dispone la Junta de Andalucía, como diarios oficiales o páginas webs.
00283890
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio en tres ejemplares
y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
La Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda; el Director General de la
Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.
La entidad financiera XXXX
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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