Disposiciones generales. . (2023/94-3)
Acuerdo de 16 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Plan Andaluz para la Prevención de los Efectos de las Temperaturas Excesivas sobre la Salud 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8854/39
PLAN ANDALUZ PARA LA PREVENCIÓN DE LOS EFECTOS
DE LAS TEMPERATURAS EXCESIVAS SOBRE LA SALUD 2023
4. ACTUACIONES EN EL HOSPITAL
4.1 Actuaciones en el SCCU
Las actuaciones a contemplar en el SCCU tienen como objetivo fundamental atender al
paciente con las debidas garantías sin sobrepasar los recursos destinados a su
atención. Esto pasa por: a) la definición de los recursos; b) el uso de guías de práctica
clínica, y c) el aumento de la capacidad de resolución.
4.1.A. Definición de Recursos.
Deben estar bien definidos los recursos de personal, camas de observación y sillones,
tanto de forma habitual como posible ampliaciones.
4.1.B. Uso de Guías de Práctica Clínica.
Se deben potenciar las Guías de Práctica Clínica del Servicio, contando con la
aprobación de la Dirección, consiguiendo su cumplimiento absoluto por todo el personal
adscrito a Urgencias.
Las Guías de Práctica Clínica han de elaborarse, en caso de no existir, para que estén
operativas en el mes de junio.
4.1.C. Aumento de la Capacidad de Resolución.
El incremento de la capacidad de resolución implica por un lado, una tasa de ingreso
mas ajustada en Observación y en el Hospital y, por otro, mantener al paciente el tiempo
imprescindible en observación. La mayor tasa de resolución podría conseguirse con las
siguientes actuaciones:
•
Aumento del número de consultas y especialización de algunas de ellas,
según la patología prevalente, para altas más rápidas desde Observación.
•
Flexibilización del Área de Observación-Sillones.
•
Disminución de los tiempos de decisión de destinos intermedios y finales en
los pacientes ingresados en Observación.
•
Aprovechamiento óptimo de otros recursos del hospital como Hospitalización
Domiciliaria, Consultas Preferentes, Hospital de Día, Cirugía Mayor
Ambulatoria.
•
Incremento de la coordinación y colaboración con los Dispositivos de
Cuidados Críticos y Urgencias del área.
•
Duplicación de las consultas de Niveles 3 y 4 y reconversión de las Consultas
•
Duplicación del Área de Triage.
•
Cobertura adecuada de las incidencias en la plantilla de Urgencias.
37
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283883
de Especialidades a Consultas de Urgencias.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8854/39
PLAN ANDALUZ PARA LA PREVENCIÓN DE LOS EFECTOS
DE LAS TEMPERATURAS EXCESIVAS SOBRE LA SALUD 2023
4. ACTUACIONES EN EL HOSPITAL
4.1 Actuaciones en el SCCU
Las actuaciones a contemplar en el SCCU tienen como objetivo fundamental atender al
paciente con las debidas garantías sin sobrepasar los recursos destinados a su
atención. Esto pasa por: a) la definición de los recursos; b) el uso de guías de práctica
clínica, y c) el aumento de la capacidad de resolución.
4.1.A. Definición de Recursos.
Deben estar bien definidos los recursos de personal, camas de observación y sillones,
tanto de forma habitual como posible ampliaciones.
4.1.B. Uso de Guías de Práctica Clínica.
Se deben potenciar las Guías de Práctica Clínica del Servicio, contando con la
aprobación de la Dirección, consiguiendo su cumplimiento absoluto por todo el personal
adscrito a Urgencias.
Las Guías de Práctica Clínica han de elaborarse, en caso de no existir, para que estén
operativas en el mes de junio.
4.1.C. Aumento de la Capacidad de Resolución.
El incremento de la capacidad de resolución implica por un lado, una tasa de ingreso
mas ajustada en Observación y en el Hospital y, por otro, mantener al paciente el tiempo
imprescindible en observación. La mayor tasa de resolución podría conseguirse con las
siguientes actuaciones:
•
Aumento del número de consultas y especialización de algunas de ellas,
según la patología prevalente, para altas más rápidas desde Observación.
•
Flexibilización del Área de Observación-Sillones.
•
Disminución de los tiempos de decisión de destinos intermedios y finales en
los pacientes ingresados en Observación.
•
Aprovechamiento óptimo de otros recursos del hospital como Hospitalización
Domiciliaria, Consultas Preferentes, Hospital de Día, Cirugía Mayor
Ambulatoria.
•
Incremento de la coordinación y colaboración con los Dispositivos de
Cuidados Críticos y Urgencias del área.
•
Duplicación de las consultas de Niveles 3 y 4 y reconversión de las Consultas
•
Duplicación del Área de Triage.
•
Cobertura adecuada de las incidencias en la plantilla de Urgencias.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283883
de Especialidades a Consultas de Urgencias.