Autoridades y personal. . (2023/93-30)
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Gestión Administrativa de la Junta de Andalucía, Especialidad Administración General, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2019, 2020 y 2021.
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Número 93 - Jueves, 18 de mayo de 2023
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conforme a lo dispuesto en el apartado 1, artículo único, del Decreto-ley 27/2020, de
22 de octubre, de acuerdo con el modelo que se publica como Anexo II de la presente
resolución, debidamente firmado y cumplimentado.
2. La presentación electrónica se realizará en el Registro Electrónico Único de la Junta
de Andalucía, al que se accederá desde la Web de Emplead@, a través de la dirección
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/, en el plazo de cinco días hábiles
contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, y conforme al procedimiento que se detalla en el manual
explicativo que figura en la indicada página, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados
siguientes sobre la documentación a la que se refiere la base octava, apartado 4,
de la Resolución de 26 de enero de 2022.
Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico vigente y reconocido que sea válido, expedido por la FNMT-RCM,
si se accede fuera de la red corporativa, pudiendo utilizarse usuario y clave si se accede
desde dicha red.
La solicitud presentada ante el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía no
podrá ser modificada, en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva
solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en
el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como
fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.
3. Además de la petición de destino señalada en el párrafo anterior, las personas
aspirantes deberán aportar la documentación a la que se refiere el apartado 4 de la base
octava contenida en la resolución de la convocatoria.
Respecto del documento indicado en la letra a) del apartado 4 de la base octava
deberá aportarse copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto,
copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta a los
Registros de Títulos Universitarios» en la sede electrónica del Ministerio de Educación
y Formación Profesional o bien certificado obtenido en la misma Sede Electrónica en el
caso de títulos no universitarios oficiales.
La declaración responsable a la que hace referencia la letra b) del apartado 4,
contenido en la base octava de la Resolución de convocatoria, deberá cumplimentarse
conforme al modelo que figura en el Anexo II-A de la presente resolución y presentarse
junto al formulario de petición de destino en el Registro Electrónico Único de la Junta de
Andalucía.
El personal aspirante que solicite puestos de trabajo con la característica singular
«Contacto habitual con Menores» deberá formular la correspondiente Declaración
Responsable de no haber sido condenado por sentencia firme en los términos
establecidos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección
Jurídica del Menor, cumplimentando al efecto el formulario que figura en el Anexo II-B de
la presente resolución. Si presta consentimiento para la consulta de sus datos contenidos
en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, marcará la casilla correspondiente tanto
en el formulario de petición de destinos, Anexo II, como en el propio Anexo II-B. Si no
autoriza la consulta, habrá de aportar certificación negativa emitida por dicho órgano que
se presentará, junto al formulario de petición de destino, en el Registro Electrónico Único
de la Junta de Andalucía.
4. En el caso de las personas aspirantes con discapacidad, deberán aportar el
correspondiente certificado, expedido por la Consejería competente en la materia de la
Junta de Andalucía, o en su caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que
conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo,
Especialidad u Opción a que se aspira.
5. Al objeto de agilizar la comprobación de la documentación requerida, esto es, la
petición de destinos y la documentación acreditativa indicada en los apartados anteriores,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283734
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 8703/4
conforme a lo dispuesto en el apartado 1, artículo único, del Decreto-ley 27/2020, de
22 de octubre, de acuerdo con el modelo que se publica como Anexo II de la presente
resolución, debidamente firmado y cumplimentado.
2. La presentación electrónica se realizará en el Registro Electrónico Único de la Junta
de Andalucía, al que se accederá desde la Web de Emplead@, a través de la dirección
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/, en el plazo de cinco días hábiles
contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, y conforme al procedimiento que se detalla en el manual
explicativo que figura en la indicada página, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados
siguientes sobre la documentación a la que se refiere la base octava, apartado 4,
de la Resolución de 26 de enero de 2022.
Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico vigente y reconocido que sea válido, expedido por la FNMT-RCM,
si se accede fuera de la red corporativa, pudiendo utilizarse usuario y clave si se accede
desde dicha red.
La solicitud presentada ante el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía no
podrá ser modificada, en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva
solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en
el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como
fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.
3. Además de la petición de destino señalada en el párrafo anterior, las personas
aspirantes deberán aportar la documentación a la que se refiere el apartado 4 de la base
octava contenida en la resolución de la convocatoria.
Respecto del documento indicado en la letra a) del apartado 4 de la base octava
deberá aportarse copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto,
copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta a los
Registros de Títulos Universitarios» en la sede electrónica del Ministerio de Educación
y Formación Profesional o bien certificado obtenido en la misma Sede Electrónica en el
caso de títulos no universitarios oficiales.
La declaración responsable a la que hace referencia la letra b) del apartado 4,
contenido en la base octava de la Resolución de convocatoria, deberá cumplimentarse
conforme al modelo que figura en el Anexo II-A de la presente resolución y presentarse
junto al formulario de petición de destino en el Registro Electrónico Único de la Junta de
Andalucía.
El personal aspirante que solicite puestos de trabajo con la característica singular
«Contacto habitual con Menores» deberá formular la correspondiente Declaración
Responsable de no haber sido condenado por sentencia firme en los términos
establecidos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección
Jurídica del Menor, cumplimentando al efecto el formulario que figura en el Anexo II-B de
la presente resolución. Si presta consentimiento para la consulta de sus datos contenidos
en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, marcará la casilla correspondiente tanto
en el formulario de petición de destinos, Anexo II, como en el propio Anexo II-B. Si no
autoriza la consulta, habrá de aportar certificación negativa emitida por dicho órgano que
se presentará, junto al formulario de petición de destino, en el Registro Electrónico Único
de la Junta de Andalucía.
4. En el caso de las personas aspirantes con discapacidad, deberán aportar el
correspondiente certificado, expedido por la Consejería competente en la materia de la
Junta de Andalucía, o en su caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que
conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo,
Especialidad u Opción a que se aspira.
5. Al objeto de agilizar la comprobación de la documentación requerida, esto es, la
petición de destinos y la documentación acreditativa indicada en los apartados anteriores,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283734
BOJA
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