Disposiciones generales. . (2023/90-12)
Resolución de 10 de mayo de 2023, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universidad de Huelva, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que se regirán las ayudas para la iniciación a la investigación de estudiantes de Máster y Grado en el Centro de Investigación en Recursos Naturales, Salud y Medio Ambiente.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023
página 8487/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Resolución de 10 de mayo de 2023, del Vicerrectorado de Investigación y
Transferencia de la Universidad de Huelva, por la que se aprueban las bases
reguladoras por las que se regirán las ayudas para la iniciación a la investigación
de estudiantes de Máster y Grado en el Centro de Investigación en Recursos
Naturales, Salud y Medio Ambiente.
En el marco de la planificación estratégica del Centro de Investigación en Recursos
Naturales, Salud y Medio Ambiente (en adelante, RENSMA), se propone el Programa
de Ayudas para Iniciación a la Investigación de estudiantes universitarios, cuyo objetivo
central es apoyar la formación en materia de investigación científica y tecnológica, a fin
de mejorar una experiencia profesional que facilite a las personas beneficiarias de las
mismas la inserción de calidad en el mercado profesional de la investigación científica,
y de dar a conocer las posibilidades de desarrollo que el Centro RENSMA ofrece en sus
diferentes áreas científico-técnicas.
Asimismo, mediante esta resolución se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de ayudas por parte de RENSMA con el objetivo de introducir a la investigación
a estudiantes universitarios, ya sea cursando un grado universitario o un Máster, como a
recién graduados que estén matriculados o hayan realizado la inscripción o preinscripción
de un Máster universitario.
Las ayudas que se otorguen en virtud de esta orden, al cumplir con los requisitos que
establece la normativa vigente en materia de ayudas de Estado para no ser consideradas
como tales, quedarán fuera del ámbito definido en el artículo 107.1 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presente
orden se ajusta a los principios de buena regulación.
Artículo 2. Requisitos.
Requisitos para los estudiantes.
Sin perjuicio de lo establecido con carácter específico para cada convocatoria, el
estudiantado deberá:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283518
Artículo 1. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las
ayudas para iniciación de estudiantes de máster y grado en el Centro de Investigación
en Recursos Naturales, Salud y Medio Ambiente (RENSMA) de la Universidad de Huelva
(UHU).
2. Las ayudas tendrán una duración de 3 meses, iniciándose tras la resolución
definitiva en la fecha acordada con su investigador/a director/a, siendo el promedio
semanal de dedicación de los beneficiarios de la beca de 20 horas semanales.
3. Los beneficiarios de la ayuda desarrollarán su labor en las unidades de investigación
del RENSMA, bajo la supervisión del investigador responsable del plan de formación.
4. Para la formalización de la aceptación o renuncia de la beca, el beneficiario
dispondrá de un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de la resolución de concesión. En caso de no tener constancia de la
aceptación o renuncia de la beca en el plazo indicado, se considerará que el beneficiario
desiste de la beca, siendo ésta concedida automáticamente al primer solicitante de la
lista de suplentes que integra la resolución y que tenga tal condición.
5. El disfrute de una ayuda en ningún caso supone relación laboral con la UHU, o con
la unidad de investigación en la que vaya a desarrollar la actividad formativa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023
página 8487/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Resolución de 10 de mayo de 2023, del Vicerrectorado de Investigación y
Transferencia de la Universidad de Huelva, por la que se aprueban las bases
reguladoras por las que se regirán las ayudas para la iniciación a la investigación
de estudiantes de Máster y Grado en el Centro de Investigación en Recursos
Naturales, Salud y Medio Ambiente.
En el marco de la planificación estratégica del Centro de Investigación en Recursos
Naturales, Salud y Medio Ambiente (en adelante, RENSMA), se propone el Programa
de Ayudas para Iniciación a la Investigación de estudiantes universitarios, cuyo objetivo
central es apoyar la formación en materia de investigación científica y tecnológica, a fin
de mejorar una experiencia profesional que facilite a las personas beneficiarias de las
mismas la inserción de calidad en el mercado profesional de la investigación científica,
y de dar a conocer las posibilidades de desarrollo que el Centro RENSMA ofrece en sus
diferentes áreas científico-técnicas.
Asimismo, mediante esta resolución se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de ayudas por parte de RENSMA con el objetivo de introducir a la investigación
a estudiantes universitarios, ya sea cursando un grado universitario o un Máster, como a
recién graduados que estén matriculados o hayan realizado la inscripción o preinscripción
de un Máster universitario.
Las ayudas que se otorguen en virtud de esta orden, al cumplir con los requisitos que
establece la normativa vigente en materia de ayudas de Estado para no ser consideradas
como tales, quedarán fuera del ámbito definido en el artículo 107.1 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presente
orden se ajusta a los principios de buena regulación.
Artículo 2. Requisitos.
Requisitos para los estudiantes.
Sin perjuicio de lo establecido con carácter específico para cada convocatoria, el
estudiantado deberá:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283518
Artículo 1. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las
ayudas para iniciación de estudiantes de máster y grado en el Centro de Investigación
en Recursos Naturales, Salud y Medio Ambiente (RENSMA) de la Universidad de Huelva
(UHU).
2. Las ayudas tendrán una duración de 3 meses, iniciándose tras la resolución
definitiva en la fecha acordada con su investigador/a director/a, siendo el promedio
semanal de dedicación de los beneficiarios de la beca de 20 horas semanales.
3. Los beneficiarios de la ayuda desarrollarán su labor en las unidades de investigación
del RENSMA, bajo la supervisión del investigador responsable del plan de formación.
4. Para la formalización de la aceptación o renuncia de la beca, el beneficiario
dispondrá de un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de la resolución de concesión. En caso de no tener constancia de la
aceptación o renuncia de la beca en el plazo indicado, se considerará que el beneficiario
desiste de la beca, siendo ésta concedida automáticamente al primer solicitante de la
lista de suplentes que integra la resolución y que tenga tal condición.
5. El disfrute de una ayuda en ningún caso supone relación laboral con la UHU, o con
la unidad de investigación en la que vaya a desarrollar la actividad formativa.