Disposiciones generales. . (2023/90-9)
Orden de 2 de mayo de 2023, por la que se convocan para el año 2023, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020) que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023

página 8456/3

4. Los periodos de paralización temporal de la actividad pesquera, los periodos
computables a efectos de la ayuda así como los días subvencionables para cada flota
pesquera se relacionan en el Anexo III de esta orden.
5. El periodo computable a afectos de la ayuda se contabiliza por un periodo mínimo
de 5 días consecutivos. En el caso que dentro del periodo mínimo de 5 días consecutivos
hubiera días de descanso obligatorio serán contabilizados como periodo computable.
6. La información asociada al procedimiento de estas ayudas está disponible
en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la
Administración de la Junta de Andalucía, a través de los enlaces que se relacionan a
continuación:
RPS

ENLACE
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/
25067
tramites/procedimientos/detalle/25067.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/
25064
tramites/procedimientos/detalle/25064.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/
25066
tramites/procedimientos/detalle/25066.html
25068

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/
tramites/procedimientos/detalle/25068.html

25069

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/
tramites/procedimientos/detalle/25069.html

Segundo. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. Las solicitudes de ayudas se presentarán ajustándose al modelo de formulario que
figura como Anexo I adjunto a esta convocatoria y que podrá encontrarse en el enlace del
Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica de la Administración de la
Junta de Andalucía, indicado en el apartado 6 del resuelvo primero.
2. Junto al formulario de solicitud se acompañará la documentación justificativa del
cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 de la
Orden de 2 de septiembre de 2022.
3. De acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 13 de la Orden de
2 de septiembre de 2022, las solicitudes así como la documentación que la acompaña
irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General con competencia en materia de
pesca y acuicultura y se presentarán de forma exclusivamente electrónica a través del
enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la
Administración de la Junta de Andalucía, indicado en el apartado 6 del resuelvo primero.
4. Para la presentación electrónica las personas interesadas deberán disponer de un
sistema de firma que permita garantizar y acreditar la autenticidad de la expresión de su
voluntad y consentimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
5. En relación con los medios válidos a efectos de firma electrónica se estará a lo
dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en los artículos 15, 26
y siguientes del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo y en los artículos 21 y 22 del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.
6. Las personas o entidades interesadas podrán autorizar por escrito a una de las
entidades habilitadas reconocidas al amparo de la Orden de 5 de julio de 2022, y de
la Orden de 28 de septiembre de 2022, por las que se efectúan las convocatorias para
la habilitación de entidades representativas del sector pesquero y acuícola al amparo
de la Orden de 21 de octubre de 2019, por la que se regula el procedimiento para la
habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes
de todo tipo de subvenciones y ayudas, y se convoca procedimiento de habilitación para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00283486

LÍNEA DE AYUDA
Parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad
de palangre de superficie que faena en el caladero Mediterráneo.
Parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad
de cerco que faena en el caladero Mediterráneo.
Parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad
de arrastre que faena en el caladero Golfo de Cádiz.
Parada temporal de la flota de artes menores afectada por el Plan de
Gestión para la captura de la chirla (Chamellea gallina) en el caladero
Golfo de Cádiz.
Parada temporal de la flota de artes menores afectada por el Plan de
Gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral
mediterráneo de Andalucía.