Disposiciones generales. . (2023/90-3)
Decreto 102/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023

página 8471/8

Artículo 7. Situaciones de aprendizaje y orientaciones metodológicas para su diseño.
1. Las situaciones de aprendizaje implican la realización de un conjunto de actividades
articuladas que los docentes llevarán a cabo para lograr que el alumnado desarrolle las
competencias específicas en un contexto determinado.
2. La metodología tendrá un carácter fundamentalmente activo, motivador y
participativo, partirá de los intereses del alumnado, favorecerá el trabajo individual,
cooperativo y el aprendizaje entre iguales mediante la utilización de enfoques orientados
desde una perspectiva de género, al respeto a las diferencias individuales, a la inclusión y
al trato no discriminatorio, e integrará en todas las materias referencias a la vida cotidiana
y al entorno inmediato.
3. En el planteamiento de las distintas situaciones de aprendizaje se garantizará
el funcionamiento coordinado de los equipos docentes, con objeto de proporcionar un
enfoque interdisciplinar, integrador y holístico al proceso educativo.
CAPÍTULO III
Ordenación de la etapa

Artículo 9. Ordenación de los tres primeros cursos.
1. Las materias de los tres primeros cursos serán las siguientes:
a) Biología y Geología.
b) Educación Física.
c) Educación Plástica, Visual y Audiovisual.
d) Física y Química.
e) Geografía e Historia.
f) Lengua Castellana y Literatura.
g) Primera Lengua Extranjera.
h) Matemáticas.
i) Música.
j) Tecnología y Digitalización.
k) Segunda Lengua Extranjera.
2. En cada uno de los tres cursos, el alumnado cursará las materias siguientes:
a) Biología y Geología y/o Física y Química,
b) Educación Física.
c) Geografía e Historia.
d) Lengua Castellana y Literatura.
e) Primera Lengua Extranjera.
f) Matemáticas.
g) Música y o Educación Plástica, Visual y Audiovisual.
3. En al menos uno de los tres cursos, todo el alumnado cursará la materia Tecnología
y Digitalización.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 8. Ordenación general.
1. La etapa de Educación Secundaria Obligatoria se organiza en materias obligatorias,
materias optativas, materias optativas propias de la Comunidad Andaluza y, en su caso,
en ámbitos.
2. La ordenación propuesta en los artículos 9 y 10 podrá flexibilizarse para organizar
modelos de funcionamiento de excelencia educativa, de acuerdo con lo que a tales
efectos establezca por orden de la Consejería competente en materia de educación.
3. El horario escolar correspondiente a las enseñanzas mínimas de los ámbitos será
el resultante de la suma del asignado a las materias que se integren en estos.
4. Por orden de la Consejería competente en materia de educación se determinará el
horario para las diferentes materias establecidas en los artículos 9 y 10.