3. Otras disposiciones. . (2023/88-84)
Resolución de fecha 2 de mayo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede declaración en concreto de utilidad pública. (PP. 1794/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Jueves, 11 de mayo de 2023

página 8010/2

Cuarto. Durante el período de información pública se presentaron alegaciones con
fecha 22.12.2022 por Greiling Tobias Kai Gottfried en nombre y representación, Ansasol,
S.L., mostrando disconformidad en los términos que se encuentran en el expediente de
referencia, diciendo que adjunta escrito completo de alegaciones, el cual no consta.
Se remite el escrito de alegaciones a la sociedad Premier Tartessos I, S.L., con fecha
26.1.2023, y con fecha de entrada 14.2.2023 en el Registro de esta Delegación Territorial
contesta diciendo que dicho escrito completo de alegaciones no se adjunta. Solicita
que se desestimen por completo las alegaciones esgrimidas por la entidad mercantil
Ansasol, S.L., dado que carecen total y absolutamente de fundamento y se han limitado
a aportar una serie de documentación inconexa sin solicitar nada concreto y sin realizar
petición alguna.
Con fecha de entrada en el Registro de esta Delegación Territorial 6.2.23, presenta
Ansasol, S.L., escrito de alegación completo, en el que señala, incompatibilidad de la
ejecución del proyecto de la línea de evacuación sobre la parcela, debido a la instalación
existente del parque solar fotovoltaico Puerto Real I, en virtud del artículo 5 del Real
Decreto 337/2014, de 9 de mayo, y denegación de la declaración de utilidad pública para
el tramo del proyecto de la línea de evacuación de la planta solar Arcos 2 que discurre
sobre la parcela 26 del polígono 4 del término municipal de Puerto Real (Cádiz) con
referencia catastral 11028A00400026.
Amplia señalando que el proyecto de planta solar «Arcos 2», y más concretamente
su línea de evacuación, propone un trazado que incluye una parcela donde se ubica
la infraestructura de la planta solar «Puerto Real I» de 110 MWp, por lo que supone la
incompatibilidad con el Parque Solar en funcionamiento «Puerto Real I» de 110 MWp
atendiendo al artículo 5 del Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
La ejecución de la línea de evacuación del proyecto supondría una grave alteración
para el funcionamiento de la explotación de nuestro arrendatario.
Se remite el escrito de alegaciones a la sociedad Premier Tartessos I, S.L., con fecha
17.2.2023, y con fecha 10.3.2023 y 12.4.2023, respectivamente, se presenta, en Registro
de esta Delegación Territorial, escrito contestando en el que señala la improcedencia
del requerimiento para la correcta presentación del escrito de alegaciones por parte
de la entidad mercantil Ansasol, S.L., ya que el momento oportuno para ello fue en la
presentación inicial, cuando se dijo haber presentado junto con la documentación
correspondiente, es decir, con fecha de 23 de diciembre de 2022, no procediendo, por
lo tanto, una subsanación del defecto mencionado, por cuanto el haber olvidado aportar
el escrito de alegaciones correctamente por la sede electrónica es un error que debe
asumir, junto a la consecuencia de ello derivada, esto es, la inadmisión de las alegaciones
aportadas con fecha 6 de febrero de 2023.
Pese a ello, se vienen a reiterar, mediante el presente escrito, el resto de las
cuestiones puestas de manifiesto por la entidad mercantil compareciente en su escrito
presentado con fecha 13 de febrero de 2023.
Las alegaciones efectuadas por la entidad mercantil Ansasol, S.L., en el trámite de
información pública, deben ser rechazadas por cuanto se han cumplido todos los trámites
exigidos por la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Título VII del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y demás normativa de aplicación.
No obstante a lo anterior, esta resolución de utilidad pública quedará condicionada a
que las instalaciones objeto de esta resolución dispongan de autorización administrativa
previa de fecha anterior a la autorización administrativa previa de las instalaciones
correspondientes al Parque Solar «Puerto Real I» de 110 MWp. En caso contrario,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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organismos afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de
tramitación, según obra en el expediente de referencia.