Autoridades y personal. . (2023/88-79)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso para la adjudicación de plazas en la Residencia Universitaria Alberto Jiménez Fraud para el curso académico 2023/2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Jueves, 11 de mayo de 2023

página 8278/6

Artículo 10. Obligaciones.
Son obligaciones de las personas beneficiarias:
1.º El sometimiento a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su
caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de
la plaza.
2.º Comunicar, al menos con diez días de antelación, la renuncia y el abandono de la
plaza adjudicada.
3.º Observar el buen comportamiento conforme a las normas establecidas en el
Reglamento de Funcionamiento Interno de la Residencia.
4.º Observar un uso adecuado de los enseres e instalaciones del Centro.
Artículo 11. Revocación.
La concesión de las plazas podrá ser revocada por incumplimiento de las obligaciones
de la persona beneficiaria y en caso de que se descubriese que en su concesión concurrió
inexactitud, falsedad u omisión de los datos necesarios para la adjudicación.
Asimismo, la Universidad de Málaga podrá requerir a la persona beneficiaria y, en su
caso, subsidiariamente a los sustentadores principales, el abono de las cantidades que
se deduzcan en concepto de daños y perjuicios que pudiera ocasionar por uso indebido
de los recursos e instalaciones.
Artículo 12. Periodo de la estancia.
Se entiende que la concesión de plaza de residente comprende el periodo que abarca
desde la formalización del contrato hasta al 20 de julio de 2024.
Artículo 13. Comisión de Selección.
Presidenta: Doña Milagros León Vegas, Directora Académica de la Residencia
Universitaria «Alberto Jiménez Fraud».
Vocal 1.º: Don Vicente Javier Blanco Vega, Jefe de Sección del Servicio de Acción
Social.
Vocal 2.º: Don Francisco Fernández Amores, Unidad Técnica de Gestión de Acción
Social.
Secretario: Don Juan José Cintas Gallardo, Administrativo del Servicio de Acción Social.

Artículo 14. Procedimiento.
14.1. La instrucción del procedimiento será competencia del Vicerrectorado de
Igualdad, Diversidad y Acción Social, a través del Servicio de Acción Social, que
establecerá los procedimientos adecuados y dará las instrucciones necesarias para la
tramitación y gestión de la presente convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00283310

Comisión suplente:
Presidente: Rafael Durán Muñoz. Vicerrector Adjunto de Políticas de Equidad.
Vocal 1.º: Don Juan Francisco García Mejías, Jefe de Servicio del Servicio de Acción
Social.
Vocal 2.º: Doña Ana Jiménez Campos, Unidad Técnica de Gestión del Servicio de
Acción Social.
Secretaria: Doña Catalina del Mar Jiménez Romero, Unidad Técnica de Gestión del
Servicio de Acción Social.
a) El funcionamiento de la Comisión se ajustará a lo dispuesto en las normas
contenidas en el Título preliminar, Capítulo II, Sección 3.ª Órganos colegiados de las
distintas administraciones públicas, de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
b) La Comisión de Selección podrá recabar cuanta información considere necesaria
y la acreditación de la documentación aportada con el fin de evaluar las solicitudes
presentadas y proponer las plazas a adjudicar.