Disposiciones generales. . (2023/88-3)
Orden de 24 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Jueves, 11 de mayo de 2023

página 8135/4

DISPONGO
Artículo 1. Objeto de la subvención.
1. La presente Orden establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas,
en régimen de concurrencia no competitiva, con el objeto de compensar económicamente
a las personas o entidades que se relacionan en el artículo 3 de esta Orden por los costes
adicionales en que hubieran incurrido debido a la perturbación del mercado causada por
la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministro
de productos de la pesca y la acuicultura, al amparo de lo establecido en el artículo 68.3
del Reglamento FEMP y en el artículo 26 del Reglamento FEMPA.
2. Los periodos de referencia que se tiene en cuenta para la concesión de estas
ayudas son los siguientes:
a) Del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2022:
- Para los costes adicionales derivados del consumo de combustible de los buques
auxiliares asociados a las almadrabas o a empresas de acuicultura.
- Para los costes adicionales derivados de los costes de producción por envases y
embalajes de plástico y consumo eléctrico en el sector de la acuicultura.
- Para los costes adicionales derivados de los costes de producción por harina,
pan rallado, cloro, gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón,
plástico, vidrio y metal, aceites vegetales, gas natural/ciudad y consumo eléctrico en el
sector de la transformación.
b) Del 1 de julio al 31 de diciembre de 2022:
- Para los costes adicionales derivados del consumo de combustible para el sector
pesquero.
- Para los costes adicionales derivados de los costes de producción por harinas de
pescado, piensos y oxígeno en el sector de la acuicultura.
3. La información asociada a los procedimientos de concesión de estas ayudas está
disponible en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general
de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de los siguientes enlaces:
CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTO

Personas armadoras/explotadoras de buques de pesca
con puerto base en Andalucía y de buques asociados
25238
a empresas almadraberas andaluzas y a empresas
acuícolas andaluzas.
Sector acuícola andaluz.

25244

Sector andaluz de la transformación y de la
comercialización de los productos de la pesca y de la
acuicultura.

25246

ENLACE
https://juntadeandalucia.es/
servicios/sede/tramites/
procedimientos/detalle/
25238.html
https://juntadeandalucia.es/
servicios/sede/tramites/
procedimientos/detalle/
25244.html
https://juntadeandalucia.es/
servicios/sede/tramites/
procedimientos/detalle/
25246.html

Artículo 2. Régimen jurídico.
1. Las subvenciones a las que se refiere la presente orden se regirán, además de por lo
previsto en la misma, por las normas comunitarias aplicables y por las normas nacionales
de desarrollo o transposición de aquellas, siendo de aplicación directa las disposiciones
que sobre procedimientos de concesión y gestión rijan para la Administración de la Junta
de Andalucía, en concreto:
a) Reglamento (UE) núm. 1380/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de
11 de diciembre de 2013, sobre la política pesquera común, por el que se modifican
los Reglamentos (CE) núm. 1954/2003 y (CE) núm. 1224/2009 del Consejo, y se
derogan los Reglamentos (CE) núm. 2371/2002 y (CE) núm. 639/2004 del Consejo y la
Decisión 2004/585/CE del Consejo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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