Disposiciones generales. . (2023/86-2)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para residencias artísticas en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía, en Córdoba, para el ejercicio 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 86 - Martes, 9 de mayo de 2023
página 8085/2
4. El procedimiento correspondiente a la tramitación de las subvenciones
contempladas en la presente convocatoria se encuentra en el Catálogo de procedimientos
y servicios de la Junta de Andalucía, con el código número 24756.
Segundo. Objeto.
Las subvenciones para residencias artísticas (en adelante residencias), en el Centro
de Creación Contemporánea de Andalucía en Córdoba (en adelante C3A) tienen por
objeto regular la estancia temporal de una persona artista en el C3A durante un plazo de
entre tres y seis meses al objeto de desarrollar durante ese tiempo un proyecto artístico.
Tercero. Requisitos para solicitar la subvención y criterios de valoración de las
solicitudes.
1. Los requisitos que deben reunir las personas físicas y jurídicas solicitantes para la
obtención de la subvención serán los recogidos en el artículo 3 de las bases reguladoras
aprobadas por la Orden de 6 de julio de 2021.
2. Las solicitudes serán evaluadas según los criterios objetivos recogidos en el
artículo 14 de la citada Orden de 6 de julio de 2021.
Quinto. Solicitudes.
1. Las solicitudes de subvenciones dirigidas a la persona titular de la Dirección del
Centro Andaluz de Arte Contemporáneo (CAAC) se presentarán conforme al modelo
que figura como Anexo I a la presente resolución. Las solicitudes se acompañarán de
la documentación acreditativa de los requisitos, conforme a lo establecido en el artículo
10.2 de las bases reguladoras
2. El formulario de solicitud Anexo I, así como el Formulario de alegaciones,
aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II), se podrán obtener
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Portal de la Administración de la Junta
de Andalucía, en la dirección electrónica http://www.caac.es y http://www.c3a.es y en la
sede del Centro de Creación Contemporánea de Andalucía en Córdoba.
3. Las solicitudes se presentarán:
a) Cuando el solicitante sea una persona jurídica, o alguna de las personas físicas
comprendidas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente
en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección
electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
b) Cuando el solicitante sea cualquier otra persona física, el medio de presentación
será preferentemente por vía telemática a través del portal de la Ventanilla Electrónica
General de la Junta de de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html sin perjuicio
de su presentación en cualquiera de los lugares y registros que se contemplan en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre.
Para aquellas solicitudes enviadas por correo y en las presentadas en algún registro
oficial en formato papel, deberá comunicarse el envío por correo electrónico a la dirección
residencias.c3a@juntadeandalucia.es, adjuntando justificante de la fecha de imposición
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283122
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde las 12:00 horas
del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, finalizando a las 12:00 horas del último día del plazo. Si éste fuera inhábil
finalizará a las 12:00 horas del siguiente día hábil.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 86 - Martes, 9 de mayo de 2023
página 8085/2
4. El procedimiento correspondiente a la tramitación de las subvenciones
contempladas en la presente convocatoria se encuentra en el Catálogo de procedimientos
y servicios de la Junta de Andalucía, con el código número 24756.
Segundo. Objeto.
Las subvenciones para residencias artísticas (en adelante residencias), en el Centro
de Creación Contemporánea de Andalucía en Córdoba (en adelante C3A) tienen por
objeto regular la estancia temporal de una persona artista en el C3A durante un plazo de
entre tres y seis meses al objeto de desarrollar durante ese tiempo un proyecto artístico.
Tercero. Requisitos para solicitar la subvención y criterios de valoración de las
solicitudes.
1. Los requisitos que deben reunir las personas físicas y jurídicas solicitantes para la
obtención de la subvención serán los recogidos en el artículo 3 de las bases reguladoras
aprobadas por la Orden de 6 de julio de 2021.
2. Las solicitudes serán evaluadas según los criterios objetivos recogidos en el
artículo 14 de la citada Orden de 6 de julio de 2021.
Quinto. Solicitudes.
1. Las solicitudes de subvenciones dirigidas a la persona titular de la Dirección del
Centro Andaluz de Arte Contemporáneo (CAAC) se presentarán conforme al modelo
que figura como Anexo I a la presente resolución. Las solicitudes se acompañarán de
la documentación acreditativa de los requisitos, conforme a lo establecido en el artículo
10.2 de las bases reguladoras
2. El formulario de solicitud Anexo I, así como el Formulario de alegaciones,
aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II), se podrán obtener
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Portal de la Administración de la Junta
de Andalucía, en la dirección electrónica http://www.caac.es y http://www.c3a.es y en la
sede del Centro de Creación Contemporánea de Andalucía en Córdoba.
3. Las solicitudes se presentarán:
a) Cuando el solicitante sea una persona jurídica, o alguna de las personas físicas
comprendidas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligatoriamente
en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección
electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
b) Cuando el solicitante sea cualquier otra persona física, el medio de presentación
será preferentemente por vía telemática a través del portal de la Ventanilla Electrónica
General de la Junta de de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html sin perjuicio
de su presentación en cualquiera de los lugares y registros que se contemplan en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre.
Para aquellas solicitudes enviadas por correo y en las presentadas en algún registro
oficial en formato papel, deberá comunicarse el envío por correo electrónico a la dirección
residencias.c3a@juntadeandalucia.es, adjuntando justificante de la fecha de imposición
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283122
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde las 12:00 horas
del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, finalizando a las 12:00 horas del último día del plazo. Si éste fuera inhábil
finalizará a las 12:00 horas del siguiente día hábil.