Disposiciones generales. . (2023/85-6)
Orden de 2 de mayo de 2023, por la que se establecen las bases para la aplicación de un sistema de control de la condicionalidad reforzada en Andalucía que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común, que reciban pagos directos y determinados pagos anuales de desarrollo rural.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Lunes, 8 de mayo de 2023

página 7964/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

El sistema de control de la condicionalidad comienza en el año 2005, en el seno de
la reforma de la Política Agrícola Común (en adelante, PAC) 2003, condicionando el
cobro íntegro de las ayudas directas de la PAC que reciben las personas agricultoras y
ganaderas, considerados no solo productores agrarios sino también gestores del entorno
rural, al cumplimiento de unos requisitos en los ámbitos de medio ambiente, salud
pública, fitosanidad y sanidad animal y vegetal, así como del bienestar de los animales,
conocidos como los Requisitos Legales de Gestión (en adelante, RLG), y a la realización
de determinadas prácticas agrarias para el uso adecuado de los recursos naturales,
englobadas en las normas de las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales
(en adelante, BCAM), al objeto de promover una agricultura sostenible cuyos beneficios
repercuten en una mayor calidad y seguridad de los alimentos y en la conservación del
medio natural y, por ende, en toda la sociedad.
Considerando los beneficios que estas prácticas tienen sobre el medio rural, las
personas agricultoras y ganaderas además pueden optar a ayudas de la PAC en el
marco del desarrollo rural, que les permita mejorar en estos ámbitos, más allá de la
condicionalidad. En consecuencia, algunas de estas ayudas se condicionan asimismo al
cumplimiento de la misma.
La comprobación del cumplimiento de la condicionalidad requirió el establecimiento
de un sistema de control, con la consecuente aplicación de penalizaciones de las citadas
ayudas en caso de incumplir alguno de los requisitos y normas que componen los RLG
y las BCAM. Este sistema, aplicado hasta el año 2022, ha sido evaluado en diferentes
ocasiones por parte de la Unión Europea (en adelante, UE) en aras de valorar la eficacia
en el logro de los objetivos de la PAC, lo que ha permitido una mejora de dicho sistema.
La reforma de la PAC para el periodo 2023 a 2027 se centra en la consecución
de resultados concretos, vinculados a unos objetivos basados en los tres pilares de la
sostenibilidad, el económico, el medioambiental y el social, que se complementan con un
objetivo transversal común, modernizar el sector agrario. Así, esta nueva PAC permitirá
contribuir, en particular, a algunos de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda
2030 y al Pacto Verde Europeo para el cumplimiento del Acuerdo de París sobre cambio
climático.
De acuerdo con el Reglamento (UE) núm. 2021/2115 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la
ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco
de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC) financiada con cargo al
Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE)
núm. 1307/2013, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (en adelante, MAPA)
ha elaborado el Plan Estratégico Nacional de la PAC del Reino de España 2023-2027
para establecer un modelo uniforme de aplicación de la PAC en todo el territorio nacional,
que incluye tanto las ayudas directas como las medidas de desarrollo rural.
Conforme a lo indicado en el artículo 145 del citado Reglamento (UE) núm. 2021/2115
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, se especifica que lo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Orden de 2 de mayo de 2023, por la que se establecen las bases para la
aplicación de un sistema de control de la condicionalidad reforzada en Andalucía
que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de
la Política Agrícola Común, que reciban pagos directos y determinados pagos
anuales de desarrollo rural.