3. Otras disposiciones. . (2023/84-76)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se publica el convenio de colaboración entre la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y el Ayuntamiento de Cartaya, por el que se instrumenta la concesión de una subvención de carácter excepcional para la financiación del Servicio de Ayuda a Domicilio como prestación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 84 - Viernes, 5 de mayo de 2023

página 7827/3

Comunitarios en el ámbito del Sistema Público de Servicios Sociales y del Sistema para
la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Orden de la Consejería para la Igualdad
y Bienestar Social de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda
a Domicilio en Comunidad Autónoma de Andalucía.
Séptimo. Los artículos 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, 120.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía y 2.3.c) y 34.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
282/2010, de 4 de mayo, prevén la concesión directa de subvenciones excepcionales
cuando se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras
debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Octavo. La sentencia número 1444/2021, de 11 de junio de 2021, de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo, Sección 1.ª de Málaga del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, ante el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Diputación
Provincial de Huelva y en base al artículo 47.1.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara nula
de pleno derecho la Orden de 7 de octubre de 2019, por la que se aprueba el modelo
actualizado de convenio de colaboración para la prestación del Servicio de Ayuda a
Domicilio como prestación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Sentencia que adquiere firmeza
ante la inadmisión del Tribunal Supremo, en diciembre de 2022, al recurso interpuesto por
la Junta de Andalucía.
Esta singularidad imposibilita la convocatoria de un procedimiento ordinario de
concesión en régimen de concurrencia competitiva, dado que, desde el principio, se
conoce al único posible beneficiario.
La situación es verdaderamente excepcional y, a través de la subvención, se
satisfacen intereses de carácter público, social, económico y humanitario, de manera que
la concesión directa puede ampararse indistintamente en cualquiera de las causas que
prevén tanto el artículo 22.2.c) de la LGS, como el artículo 36 del Decreto 282/2010, de 4
de mayo.
Se encuentra justificada, por tanto, la excepcionalidad e igualmente, la necesidad y
oportunidad de la subvención, por razones de interés público y social que implican a
ambas partes intervinientes y que afectan directamente al bienestar de las personas en
situación de dependencia que residen en el término municipal de Cartaya.

Décimo. La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad considera
necesario y adecuado el otorgamiento de una subvención de concesión directa de
carácter excepcional al Ayuntamiento de Cartaya, instrumentada mediante el presente
Convenio, al amparo de lo previsto en los artículos 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, 120.1 del texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía y 2.3.c) y 34.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía aprobado por el Decreto
282/2010, de 4 de mayo, al quedar acreditadas en el expediente las razones justificadas
que dificultan la convocatoria pública, así como la inexistencia de bases reguladora a las
que pueda acogerse.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282861

Noveno. Con fecha 8 de febrero de 2023, el Ayuntamiento de Cartaya ha presentado
solicitud, para la financiación, mediante la concesión de una subvención directa de
carácter excepcional por un importe de 1.357.776,47 euros.