3. Otras disposiciones. . (2023/84-81)
Orden de 28 de abril de 2023, del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de Cádiz y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 84 - Viernes, 5 de mayo de 2023
página 7851/3
RESU ELVO
Primero. Aprobación de la modificación de los Estatutos.
Se aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de
Cádiz sancionados en la Asamblea General de esa corporación profesional en su sesión
de 15 de diciembre de 2022, así como por la Junta de Gobierno (previa habilitación de
la Asamblea General) en sus sesiones de 23 de febrero de 2023, 28 de marzo de 2023
y 19 de abril de 2023. Se inserta como anexo a la presente orden el texto íntegro de los
Estatutos, una vez incorporadas las modificaciones realizadas.
Segundo. Inscripción registral.
Se ordena la inscripción de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de
Arquitectos de Cádiz en la Sección Primera del Registro de Colegios Profesionales de
Andalucía.
Tercero. Publicación y notificación.
La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin
perjuicio de su notificación a las personas y entidades interesadas.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer,
directamente, el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos
de este orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 28 de abril de 2023
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
A NE XO
ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CÁDIZ
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Ámbito Legal.
1. Los presentes Estatutos Particulares se desarrollan en el ámbito de:
a) La Ley 2/1974, de Colegios Profesionales, tras la modificación operada por la
Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación
a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
b) Los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo
Superior, aprobados por el Real Decreto 129/2018, de 16 de marzo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282885
LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL
BOJA
Número 84 - Viernes, 5 de mayo de 2023
página 7851/3
RESU ELVO
Primero. Aprobación de la modificación de los Estatutos.
Se aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de
Cádiz sancionados en la Asamblea General de esa corporación profesional en su sesión
de 15 de diciembre de 2022, así como por la Junta de Gobierno (previa habilitación de
la Asamblea General) en sus sesiones de 23 de febrero de 2023, 28 de marzo de 2023
y 19 de abril de 2023. Se inserta como anexo a la presente orden el texto íntegro de los
Estatutos, una vez incorporadas las modificaciones realizadas.
Segundo. Inscripción registral.
Se ordena la inscripción de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de
Arquitectos de Cádiz en la Sección Primera del Registro de Colegios Profesionales de
Andalucía.
Tercero. Publicación y notificación.
La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin
perjuicio de su notificación a las personas y entidades interesadas.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer,
directamente, el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos
de este orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 28 de abril de 2023
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
A NE XO
ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CÁDIZ
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Ámbito Legal.
1. Los presentes Estatutos Particulares se desarrollan en el ámbito de:
a) La Ley 2/1974, de Colegios Profesionales, tras la modificación operada por la
Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación
a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
b) Los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo
Superior, aprobados por el Real Decreto 129/2018, de 16 de marzo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282885
LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL