5. Anuncios. . (2023/84-104)
Anuncio de 2 de mayo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, del acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en Córdoba, de aprobación definitiva de la rectificación de error material del Plan General de Ordenación Urbanística de Priego de Córdoba.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 84 - Viernes, 5 de mayo de 2023
página 7869/2
Residencial) cuando se trata de un lavadero público (Sistema de Equipamientos
Comunitarios) y viario de la Plaza de la Iglesia de la Aldea de la Concepción.
Segundo. El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Priego de Córdoba fue
aprobado definitivamente de manera parcial con suspensiones mediante acuerdo de la
Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Córdoba, de
fecha 15 de mayo de 2015. Acuerdo publicado en el BOJA núm. 130, de fecha 7 de julio
de 2015. La subsanación de deficiencias, fue aprobada por la Comisión Territorial de
Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Córdoba de 10 de diciembre de 2015.
Acuerdo publicado por Anuncio del 20 de enero de 2016 en BOJA núm. 20, de fecha 1 de
febrero de 2016.
Tercero. El Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en sesión de 29 de septiembre
de 2022, acordó dar trámite a la corrección del error material del PGOU de Priego de
Córdoba detectado en la planimetría relativa al suelo ubicado en la Plaza de la Iglesia
de la Aldea de la Concepción, consistente en una errónea calificación en el plano «04.8.
Ordenación completa. La Concepción».
Se procede a la apertura de trámite de información pública, mediante anuncio
publicado en BOP núm. 21 de octubre de 2022, publicación en la página web del
Ayuntamiento y notificación a los interesados, concluyendo el mismo, sin que se hayan
formulado alegaciones, según certificado del Ayuntamiento.
Con fecha 15 de diciembre de 2022 tiene entrada en el Registro de la Delegación
Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, remitida por el Ayuntamiento
de Priego de Córdoba, la solicitud acompañada de copia del expediente y documento
técnico, para la corrección de error en la documentación del PGOU, por la CTOTU
de Córdoba conforme al artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 12.1.d) del Decreto
36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la
Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Tras el estudio de la documentación por el Servicio de Urbanismo, se observa que
el expediente se encuentra formalmente incompleto, remitiéndose requerimientos de
subsanación al Ayuntamiento en fecha el 27 de diciembre de 2022.
Con fecha de 17 de enero de 2023 tiene entrada nuevo oficio del Ayuntamiento
de Priego de Córdoba, acompañado de documentación relativa a la subsanación del
requerimiento recibido, dándose por completo el expediente.
Primero. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las
Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia
de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
El artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, establece que la rectificación de los errores materiales, de hecho o aritméticos
corresponderán al propio órgano administrativo que haya dictado el acto. En este sentido,
el PGOU de Priego de Córdoba, fue aprobado definitivamente de manera parcial con
suspensiones mediante acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo (CTOTU) de Córdoba, de fecha 15 de mayo de 2015. Acuerdo publicado
en el BOJA núm. 130, de fecha 7 de julio de 2015. La subsanación de deficiencias fue
aprobada por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU)
de Córdoba, de 10 de diciembre de 2015. Acuerdo publicado por Anuncio del 20 de
enero de 2016, en BOJA núm. 20, de fecha 1 de febrero de 2016, correspondiéndole a la
CTTOTU la corrección de errores del PGOU.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282903
FUNDAMENTOS DE DERECHO
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Residencial) cuando se trata de un lavadero público (Sistema de Equipamientos
Comunitarios) y viario de la Plaza de la Iglesia de la Aldea de la Concepción.
Segundo. El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Priego de Córdoba fue
aprobado definitivamente de manera parcial con suspensiones mediante acuerdo de la
Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Córdoba, de
fecha 15 de mayo de 2015. Acuerdo publicado en el BOJA núm. 130, de fecha 7 de julio
de 2015. La subsanación de deficiencias, fue aprobada por la Comisión Territorial de
Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Córdoba de 10 de diciembre de 2015.
Acuerdo publicado por Anuncio del 20 de enero de 2016 en BOJA núm. 20, de fecha 1 de
febrero de 2016.
Tercero. El Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en sesión de 29 de septiembre
de 2022, acordó dar trámite a la corrección del error material del PGOU de Priego de
Córdoba detectado en la planimetría relativa al suelo ubicado en la Plaza de la Iglesia
de la Aldea de la Concepción, consistente en una errónea calificación en el plano «04.8.
Ordenación completa. La Concepción».
Se procede a la apertura de trámite de información pública, mediante anuncio
publicado en BOP núm. 21 de octubre de 2022, publicación en la página web del
Ayuntamiento y notificación a los interesados, concluyendo el mismo, sin que se hayan
formulado alegaciones, según certificado del Ayuntamiento.
Con fecha 15 de diciembre de 2022 tiene entrada en el Registro de la Delegación
Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, remitida por el Ayuntamiento
de Priego de Córdoba, la solicitud acompañada de copia del expediente y documento
técnico, para la corrección de error en la documentación del PGOU, por la CTOTU
de Córdoba conforme al artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 12.1.d) del Decreto
36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la
Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Tras el estudio de la documentación por el Servicio de Urbanismo, se observa que
el expediente se encuentra formalmente incompleto, remitiéndose requerimientos de
subsanación al Ayuntamiento en fecha el 27 de diciembre de 2022.
Con fecha de 17 de enero de 2023 tiene entrada nuevo oficio del Ayuntamiento
de Priego de Córdoba, acompañado de documentación relativa a la subsanación del
requerimiento recibido, dándose por completo el expediente.
Primero. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las
Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia
de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
El artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, establece que la rectificación de los errores materiales, de hecho o aritméticos
corresponderán al propio órgano administrativo que haya dictado el acto. En este sentido,
el PGOU de Priego de Córdoba, fue aprobado definitivamente de manera parcial con
suspensiones mediante acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo (CTOTU) de Córdoba, de fecha 15 de mayo de 2015. Acuerdo publicado
en el BOJA núm. 130, de fecha 7 de julio de 2015. La subsanación de deficiencias fue
aprobada por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU)
de Córdoba, de 10 de diciembre de 2015. Acuerdo publicado por Anuncio del 20 de
enero de 2016, en BOJA núm. 20, de fecha 1 de febrero de 2016, correspondiéndole a la
CTTOTU la corrección de errores del PGOU.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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