Autoridades y personal. . (2023/83-37)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de plazas de Profesorado Contratado Doctor, destinado a la incorporación de personal investigador de programas de excelencia nacionales o internacionales y que haya obtenido el certificado I3 o R3, en su caso.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Jueves, 4 de mayo de 2023

página 7711/3

2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos en el presente concurso público, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y
de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de
aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.1.2. Las personas con nacionalidad de Estados distintos a la Unión Europea deberán
estar en posesión del permiso de residencia y/o permiso de trabajo para proceder a la
firma del contrato, en su caso.
2.1.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.4. Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa.
2.1.5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282746

Los criterios de valoración del grado de afinidad, aprobados por la Comisión de
Contratación del Profesorado, remitidos por los Departamentos al Área de Personal, tras
su aprobación por sus respectivos Consejos de Departamento, serán los aplicables para
baremar a los aspirantes. Los mismos se publicarán en la web del Área de Personal el día
de la publicación de la presente convocatoria en el siguiente enlace:
https://personal.uca.es/convocatorias-de-pdi-contratado/
La puntuación mínima para la obtención de las plazas que, al menos, será del 10%
de la puntuación máxima establecida en el baremo, se determinará a propuesta del
Departamento y previamente a la baremación de las solicitudes.
La Comisión de Contratación sólo valorará los méritos alegados y acreditados
documentalmente.
1.4. Las personas propuestas por la Comisión de Contratación pasarán a formar parte
de una lista de contratación para suplir la posible eventualidad ante una renuncia por
parte de la persona seleccionada. A tal efecto, siempre que el Departamento así lo estime
mediante informe motivado favorable, la Comisión establecerá, en su caso, en el acta de
resolución de la convocatoria una relación de los aspirantes que, a su juicio, obtienen la
puntuación suficiente para formar parte de la mencionada lista, de conformidad con lo
establecido en el artículo 11.º 1.d) del Reglamento de Contratación de Profesorado.
1.5. Las personas propuestas para ocupar las plazas deberán respetar los horarios
establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.
1.6. Salvo en los supuestos previstos en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión de
Contratación, pudiéndose suscribir el correspondiente contrato a la persona propuesta
por la misma. Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera firmeza la
resolución de la Comisión de Contratación.