3. Otras disposiciones. . (2023/82-36)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público de ayuda a domicilio prestado por la empresa Emsisa, S.A., en el municipio de Chiclana de la Frontera (Cádiz), mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023

página 7621/2

Primera. La presente propuesta de servicios mínimos se realiza atendiendo al
número y circunstancias de los usuarios de la ayuda, y muy especialmente a su gran
vulnerabilidad, entendiendo que para una cobertura mínima de la atención, en una
situación de huelga como la que se plantea, habría que priorizar las funciones que se
desarrollan para que quede garantizada la cobertura de los servicios de carácter vital.
Aunque la huelga se de un sólo día, la paralización del servicio afecta a personas
necesitadas de cuidados fundamentales, por lo que no se puede interrumpir el servicio.
Hay que tener en cuenta las condiciones de vida en las que se encuentran las
personas que reciben el servicio afectado por la huelga, servicios que se configuran
como vitales en muchos casos, dado que las personas encamadas o en silla de ruedas
dependen absolutamente de la prestación del servicio al no ser capaces por sí solas de
comer, asearse o automedicarse.
Los distintos grados de dependencia que establece el artículo 26 de la Ley 39/2006,
de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas
en situación de dependencia:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282686

Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía al objeto de ser oídas con
carácter previo y preceptivo a la fijación de los servicios mínimos necesarios y con el fin
último de consensuar dichos servicios.
Las propuestas de servicios mínimos son las siguientes:
Propuesta del Comité de Huelga:
En respuestas al escrito de propuestas de servicios mínimos recibida desde la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo se comunica que la propuesta de
servicios mínimos es la siguiente:
- «Esta parte solicita que los servicios mínimos de la huelga convocada los establezca
la Autoridad Laboral competente.»
Propuesta de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia:
Se propone el establecimiento de los siguientes servicios mínimos en el Servicio de
Ayuda a Domicilio:
• Para las personas Gran Dependientes (Grado III): el 100% de las horas asignadas
en actuaciones de carácter Personal. No se realizaran horas en actuaciones domésticas.
• Para las personas Dependencia Severa (Grado II): el 60% de las horas asignadas
a actuaciones de carácter personal. No se realizaran horas en actuaciones domésticas.
• Personas con Dependencia Moderada (Grado I): No se prestaran servicios, salvo
en los casos de necesidad de toma de medicación ya establecido con anterioridad y sin
posibilidad de responsabilidad por parte de familiares, y por el tiempo necesario para
dicha actuación.
Las personas dependientes con Servicio de Ayuda a Domicilio compatible con Centro
de Día no recibirán servicio de ayuda a domicilio, continuando con el uso del centro de
día.
Propuesta de la Empresa:
«Se han considerado como tareas esenciales de las personas usuarias aquellas
que afectan a su atención directa y personal como pueden ser: el aseo personal,
administración de medicación, ayuda en la movilización, preparación y acompañamiento
a la unidad de estancia diurna, preparación y administración de la alimentación y servicio
de comida a domicilio. Tras analizar a través del programa informático GESAD las tareas
asignadas y consideradas como esenciales, se extrae el siguiente dato: 458 personas
usuarias del servicio tienen asignada alguna de dichas tareas, lo que supone un 81,63%
del total de usuarios.»
Vistas las propuestas, la Delegación Territorial de esta Consejería en Cádiz procede
a elaborar la correspondiente propuesta de regulación de servicios mínimos, que eleva a
esta Dirección General en fecha 24 de abril de 2023, que se considera adecuada en base
a las siguientes consideraciones: