3. Otras disposiciones. . (2023/82-33)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convoca el Programa de Refuerzo Educativo en periodo estival en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el curso 2022/2023.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023
página 7725/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Declaración de Incheon 2030 y su Marco de acción para la realización del Objetivo de
Desarrollo Sostenible 4, promovida por la UNESCO, pretende garantizar una educación
inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente
para todos, detallando en su compromiso 7 la inclusión y la equidad como la piedra
angular de una educación transformadora; asimismo, en su compromiso 8 destaca la
igualdad de género para lograr el derecho a la educación para todos y, finalmente, en el
compromiso 9 resalta la promoción de la igualdad de oportunidades de aprendizaje de
calidad a lo largo de la vida para todos, en todos los contextos y niveles educativos.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1 los
principios en los que se inspira el sistema educativo español. Entre ellos se encuentra
la equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la
personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos
y oportunidades, también entre mujeres y hombres, que ayuden a superar cualquier
discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento
compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con
especial atención a las que se derivan de cualquier tipo de discapacidad, de acuerdo con
lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
ratificada en 2008, por España.
En este sentido, y a fin de garantizar la equidad, su Título I aborda el grupo de
alumnado que requiere de una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar
alguna necesidad específica de apoyo educativo, estableciendo los recursos precisos
para acometer dicha tarea, con el objetivo de lograr su plena inclusión.
Por su parte, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, regula
en su artículo 5 los objetivos de la misma, recogiendo, en concreto, en el apartado a)
el objetivo de garantizar el derecho de la ciudadanía a una educación permanente y de
carácter compensatorio. En consonancia con lo anterior, el artículo 7.2, en sus apartados
h) e i), regula, respectivamente, el derecho del alumnado a la igualdad de oportunidades y
de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación, así
como la accesibilidad y permanencia en el Sistema Educativo. Para lo cual, el alumnado
recibirá las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de
tipo personal, familiar, económico, social y cultural, en el caso de presentar necesidades
específicas que impidan o dificulten el ejercicio de este derecho.
Estos principios impregnan la actividad que se desarrolla en los centros docentes de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, promoviendo diferentes medidas encaminadas a
la provisión de una educación de calidad para todo el alumnado, con medidas enfocadas
hacia el logro del éxito educativo.
La educación debe potenciar la consecución del máximo nivel de aprendizaje y
desarrollo de las competencias clave de todo el alumnado, es ese el sentido de un Sistema
Educativo Inclusivo. Por ello, es preciso poner en marcha actuaciones de refuerzo que
potencien el éxito escolar y que se sumen a las medidas de innovación educativa y de
compensación desarrolladas desde la óptica de la prevención con carácter ordinario.
A este respecto, se debe prestar una especial atención al alumnado que, tras la
finalización del período lectivo, no ha alcanzado las competencias o no ha superado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282758
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convoca el
Programa de Refuerzo Educativo en periodo estival en los centros docentes
públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el curso 2022/2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023
página 7725/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Declaración de Incheon 2030 y su Marco de acción para la realización del Objetivo de
Desarrollo Sostenible 4, promovida por la UNESCO, pretende garantizar una educación
inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente
para todos, detallando en su compromiso 7 la inclusión y la equidad como la piedra
angular de una educación transformadora; asimismo, en su compromiso 8 destaca la
igualdad de género para lograr el derecho a la educación para todos y, finalmente, en el
compromiso 9 resalta la promoción de la igualdad de oportunidades de aprendizaje de
calidad a lo largo de la vida para todos, en todos los contextos y niveles educativos.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1 los
principios en los que se inspira el sistema educativo español. Entre ellos se encuentra
la equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la
personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos
y oportunidades, también entre mujeres y hombres, que ayuden a superar cualquier
discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento
compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con
especial atención a las que se derivan de cualquier tipo de discapacidad, de acuerdo con
lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
ratificada en 2008, por España.
En este sentido, y a fin de garantizar la equidad, su Título I aborda el grupo de
alumnado que requiere de una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar
alguna necesidad específica de apoyo educativo, estableciendo los recursos precisos
para acometer dicha tarea, con el objetivo de lograr su plena inclusión.
Por su parte, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, regula
en su artículo 5 los objetivos de la misma, recogiendo, en concreto, en el apartado a)
el objetivo de garantizar el derecho de la ciudadanía a una educación permanente y de
carácter compensatorio. En consonancia con lo anterior, el artículo 7.2, en sus apartados
h) e i), regula, respectivamente, el derecho del alumnado a la igualdad de oportunidades y
de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación, así
como la accesibilidad y permanencia en el Sistema Educativo. Para lo cual, el alumnado
recibirá las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de
tipo personal, familiar, económico, social y cultural, en el caso de presentar necesidades
específicas que impidan o dificulten el ejercicio de este derecho.
Estos principios impregnan la actividad que se desarrolla en los centros docentes de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, promoviendo diferentes medidas encaminadas a
la provisión de una educación de calidad para todo el alumnado, con medidas enfocadas
hacia el logro del éxito educativo.
La educación debe potenciar la consecución del máximo nivel de aprendizaje y
desarrollo de las competencias clave de todo el alumnado, es ese el sentido de un Sistema
Educativo Inclusivo. Por ello, es preciso poner en marcha actuaciones de refuerzo que
potencien el éxito escolar y que se sumen a las medidas de innovación educativa y de
compensación desarrolladas desde la óptica de la prevención con carácter ordinario.
A este respecto, se debe prestar una especial atención al alumnado que, tras la
finalización del período lectivo, no ha alcanzado las competencias o no ha superado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282758
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convoca el
Programa de Refuerzo Educativo en periodo estival en los centros docentes
públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el curso 2022/2023.