Disposiciones generales. . (2023/81-3)
Acuerdo de 25 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas para el periodo 2022-2027.
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Número 81 - Martes, 2 de mayo de 2023

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mencionada para la planificación hidrológica española, de modo que los nuevos aspectos
exigidos por la Directiva Marco del Agua se desarrollaron en este reglamento con mayor
grado de detalle que en la Ley, con el propósito de que en la misma norma reglamentaria
se alcanzara la adecuada coherencia entre los novedosos aspectos de protección y el
cuerpo normativo existente en materia de aguas.
Por Real Decreto 1159/2021, de 28 de diciembre, se modifica el artículo 1 del
mencionado Reglamento, añadiendo un nuevo apartado 4, según el cual de conformidad
con el artículo 19.1 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición
energética, la planificación hidrológica, a efectos de su adaptación al cambio climático,
tendrá como objetivos conseguir la seguridad hídrica para las personas, para la protección
de la biodiversidad y para las actividades socioeconómicas, de acuerdo con la jerarquía
de usos, reduciendo la exposición y vulnerabilidad al cambio climático e incrementando
la resiliencia.
También en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real
Decreto 849/1986, de 11 de abril, y sus modificaciones posteriores, que desarrolla los
títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del Texto Refundido de la Ley de Aguas, se incluyen
aspectos que incorporan la Directiva Marco al derecho español estableciendo contenidos
de los planes hidrológicos y de los programas de medidas; y que por estar relacionados
con la protección, conservación y mejora del estado de las masas de agua y, en general,
del dominio público hidráulico y, por tanto, con la utilización y protección de este, se
encuentran desarrollados en ese Reglamento.
Finalmente, con un marcado carácter técnico, se mejora la trasposición de la
Directiva Marco en la Instrucción de Planificación Hidrológica para las Demarcaciones
Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía, aprobada por Orden de 11 de marzo de
2015, donde se establecen los criterios para la homogeneización y sistematización de los
trabajos de elaboración de los planes hidrológicos, constituyendo esta norma el tercer
nivel de transposición.
Por otra parte, la planificación hidrológica se extiende a las aguas costeras y de
transición que, no siendo propiamente dominio público hidráulico, se incluyen por la
Directiva Marco del Agua en el concepto de demarcación, por lo que es preciso tener
en cuenta la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y el resto de legislación específica
aplicable a estas aguas.
Complementariamente a los textos mencionados, el marco normativo de la
planificación hidrológica está configurado por numerosas normas, tales como la Ley
10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional; la Ley 7/2007, de 9 de julio, de
Gestión Integrada de la Calidad Ambiental; el Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre,
por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas;
el Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las
aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro; el Real Decreto 903/2010,
de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación; el Real Decreto
817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y
evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental, y
el Real Decreto 2130/2004, de 29 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios
de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de
recursos y aprovechamientos hidráulicos (Confederación Hidrográfica del Sur).
Además, son de especial incidencia el Decreto 357/2009, de 20 de octubre, por
el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas de las cuencas
intracomunitarias situadas en Andalucía, y el Decreto 14/2012, de 31 de enero, por el que
se crea la Comisión de Autoridades Competentes de las demarcaciones hidrográficas
de las cuencas intracomunitarias situadas en Andalucía y se regula su organización,
funcionamiento y atribuciones garantizando de este modo la participación de las
autoridades a nivel Estatal, Autonómico y Municipal. Asimismo, debemos tener en cuenta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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