Disposiciones generales. . (2023/81-2)
Acuerdo de 25 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan Integral de Atención Temprana de Andalucía 2024-2028.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Martes, 2 de mayo de 2023

página 7639/3

e) Una organización o sistema para la gestión del Plan que determine o distribuya las
responsabilidades en su formulación y ejecución.
f) Un sistema de Seguimiento y Evaluación del Plan y sus correspondientes
indicadores de cumplimiento.
g) Una evaluación ex ante que permita optimizar las probabilidades de eficacia y
eficiencia del Plan.
h) Un informe de evaluabilidad que acredite los atributos básicos en el plan para la
rendición de cuentas a la ciudadanía.
Cuarto. Procedimiento de elaboración y aprobación.
1. La Consejería de Salud y Consumo acordará la apertura de un trámite de consulta
pública previa al inicio del expediente de elaboración del Plan, por un periodo no inferior a
quince días naturales, en la sección de transparencia del portal de la Junta de Andalucía,
a fin de recabar aportaciones de los sujetos y organizaciones más representativas
afectados por el PIAT.
2. Una vez realizada dicha consulta, la Consejería de Salud y Consumo elaborará una
propuesta inicial del PIAT. Para ello se constituirá un grupo de trabajo, bajo la coordinación
de la Secretaría General de Humanización, Planificación, Atención Sociosanitaria y
Consumo, en el que participarán representantes de las Consejerías competentes en
materia de salud, servicios sociales y educación, así como cuantas personas expertas
en la materia se estimen oportunas. Igualmente, dicho grupo de trabajo podrá constituir
grupos de trabajo específicos para trabajar en los diferentes contenidos del PIAT, así como
realizar todo tipo de actividades necesarias para recopilar información y percepciones
sobre la materia.
3. Una vez elaborada la propuesta inicial, la misma será remitida a las Consejerías
competentes en materia de servicios sociales y educación; así como a los agentes sociales
y económicos, asociaciones y sociedades científicas implicados en materia de atención
temprana, para su análisis y aportación de propuestas. Igualmente, será sometida a
información pública, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por un
período no inferior a un mes y se publicará en la sección de transparencia del Portal de
la Junta de Andalucía y en la web de la Consejería competente en materia de salud. Por
último, se recabarán los informes preceptivos necesarios.
4. Cumplidos los trámites anteriores, la Secretaría General de Humanización,
Planificación, Atención Sociosanitaria y Consumo, una vez valoradas todas las
aportaciones recibidas, trasladará la propuesta final de PIAT a la persona titular de la
Consejería competente en materia de salud a fin de que la eleve al Consejo de Gobierno
para su aprobación definitiva mediante acuerdo.
Quinto. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de salud para
dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente acuerdo.
Sexto. Eficacia.
El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 25 de abril de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00282671

Consejera de Salud y Consumo

https://www.juntadeandalucia.es/eboja