3. Otras disposiciones. . (2023/80-53)
Orden de 20 de abril de 2023, por la que se aprueba la solicitud de modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Granada».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 80 - Viernes, 28 de abril de 2023

página 7478/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 20 de abril de 2023, por la que se aprueba la solicitud de modificación
normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida
«Granada».
Visto el expediente seguido en esta Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, y en base a los siguientes
A NTECEDENTES
Con fecha 22 de diciembre de 2021, el Consejo Regulador de la Denominación
de Origen Protegida «Granada» presentó una solicitud de modificación del pliego de
condiciones, de conformidad con el artículo 17.1 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33
de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE)
núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las solicitudes
de protección de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos
tradicionales del sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las restricciones
de utilización, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la
protección, y al etiquetado y la presentación, el artículo 21.2.a) de la Ley 10/2007, de
26 de noviembre, de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía y
en el artículo 6.2.a) de la Orden de 19 de febrero de 2018, por la que se aprueba el
Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador de la Denominación de Origen
Protegida «Granada».
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La solicitud de modificación del pliego de condiciones presentada se
clasifica como «modificación normal», de conformidad con el artículo 14 del Reglamento
Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018.
Segundo. Tras ser evaluada la solicitud, se considera que cumple los requisitos
establecidos en el Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre, y en las disposiciones adoptadas en virtud del mismo,
llevando a cabo un procedimiento que garantice una publicación adecuada del pliego
de condiciones del producto, de conformidad con el artículo 96.5 del Reglamento (UE)
núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre.

Cuarto. En la gestión del expediente se han seguido todos los trámites previstos
en el Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17
de diciembre de 2013, y en las disposiciones adoptadas en virtud del mismo, así como
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282511

Tercero. Procede, por tanto, aprobar la modificación normal del pliego de condiciones
y hacer pública esta decisión de aprobación, que incluye la referencia electrónica al
pliego de condiciones y al documento único consolidado, de conformidad con el artículo
96.5 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17
de diciembre y con el artículo 17 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión,
de 17 de octubre de 2018.