3. Otras disposiciones. . (2023/78-21)
Orden de 18 de abril de 2023, por la que se establecen los baremos para el cálculo de las indemnizaciones en los cultivos afectados por el organismo nocivo Clavibacter sepedonicus, por aplicación de las medidas fitosanitarias obligatorias adoptadas para el control y erradicación de dicha plaga, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Miércoles, 26 de abril de 2023

página 7335/3

organismos nocivos presentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el método
para el cálculo de las mismas.
2. Para la ejecución y desarrollo de la presente orden se deberán cumplir todas las
estipulaciones y especificaciones contenidas en la Orden de 20 de marzo de 2019.
Segundo. Efectos.
La presente orden surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de abril de 2023
CARMEN CRESPO DÍAZ
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

A NE XO
Baremos para el cálculo de las indemnizaciones para el control y erradicación del organismo
nocivo Clavibacter sepedonicus (Spieckermann & Kotthoff 1914) Nouioui et al. 2018
FAMILIA: Solanaceae

TIPO DE CULTIVO: Herbáceos
GÉNERO: Solanum
ESPECIE: Solanum tuberosum L.

Baremos para la realización de los cálculos:
a) Gastos de destrucción y eliminación del cultivos:
Los gastos totales, justificados mediante facturas y justificantes de pago,
correspondientes a las labores agrícolas encaminadas a la destrucción del cultivo, hasta
un máximo de 500 euros/ha. Cuando estas labores se realicen por medios propios del
titular, serán indemnizables los gastos justificados estimados y documentados a estas
labores, hasta el límite establecido anteriormente.
b) Valor de la producción destruida:
La valoración de la producción destruida será realizada por la Delegación Territorial
que corresponda a partir de las visitas realizadas a las explotaciones afectadas por
Clavibacter sepedonicus por funcionarios de las mismas, estableciéndose los siguientes
baremos en función del estado fenológico del cultivo en el momento en el que se han
dictado medidas fitosanitarias:
Estado fenológico
Cultivo sembrado y que aún no ha llegado a la nascencia
Cultivo nacido y hasta mitad del ciclo vegetativo
Cultivo desde mitad del ciclo vegetativo hasta recolección

Importe
4.807,9 euros/ha
7.357,8 euros/ha
8.316,7 euros/ha

No obstante lo anterior, las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, a la vista de las inspecciones realizadas sobre los cultivos objeto
de arranque, podrán reducir el importe correspondiente a los baremos indicados en
aquellos casos en los que los cultivos se encuentren afectados por cuestiones ajenas a la
presencia de Clavibacter sepedonicus, como pudieran ser:
- Manejo inadecuado del cultivo.
- Descuento de producción no apta comercialmente, destríos.
- Condiciones climáticas adversas acontecidas que hubieran restado producción.
- Presencia de otros organismos nocivos que provoquen mermas de producción,
distintos de Clavibacter sepedonicus.
- Cualquier otra razón que las Delegaciones Territoriales consideren tener en cuenta.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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