Autoridades y personal. . (2023/77-28)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas predoctorales para la formación de personal investigador.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Martes, 25 de abril de 2023

página 7294/2

1. Objeto.
El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria de 3 ayudas
predoctorales para la formación de personal investigador, en régimen de concurrencia
competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad, destinadas a titulados
universitarios con la finalidad de realizar una tesis doctoral dentro de las líneas de
investigación recogidas en el Anexo I, que serán evaluadas con los criterios recogidos en
la presente resolución, y que han sido aprobados por la Comisión de Investigación en su
sesión de 7 de marzo de 2023, de conformidad con lo establecido en el POAI vigente de
la Universidad de Jaén.
2. Requisitos de los solicitantes.
2.1. Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que en la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes acrediten:
1. Estar en posesión de la titulación exigida en el Anexo I. En el caso de títulos
expedidos por universidades extranjeras, contar además con la homologación de dicho
título.
2. Estar matriculadas o admitidas en un programa de doctorado de la Universidad
de Jaén o bien estar en disposición de estarlo a la fecha en la que se formalice el
correspondiente contrato.
2.2. No podrán ser solicitantes quienes ya estén en posesión del título de Doctor/a,
por cualquier universidad española o extranjera.

4. Características de las ayudas para la formación de personal investigador.
4.1. Las ayudas obtenidas tendrán una duración de cuatro años. Las personas
beneficiarias de las ayudas formalizarán un contrato predoctoral de duración determinada
con la Universidad de Jaén, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley
14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley
17/2022, de 5 de septiembre, con dedicación a tiempo completo, que tendrá por objeto las
tareas de investigación encaminadas a la obtención de la tesis doctoral. En este periodo
se incorporará a la línea de investigación indicada en el Anexo I realizando todas las
funciones propias para este tipo de personal investigador en formación.
En el caso de que la persona seleccionada hubiera disfrutado previamente de un
contrato bajo la modalidad de contrato predoctoral, la duración del contrato que se
formalice deberá ser tal que sumados los periodos de disfrute anteriores bajo tal
modalidad resulte un periodo conjunto de cuatro años.
4.2. La ayuda para cada uno de los contratos será destinada a financiar el salario,
la cuota patronal de la Seguridad Social y la indemnización de los investigadores
contratados durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.
4.3. La retribución salarial mínima que deberán recibir las personas investigadoras
durante el periodo predoctoral, y que figurará en el correspondiente contrato, está
determinada por el cumplimiento del artículo 7 del Estatuto del Personal Investigador en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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3. Requisitos del Director/a de tesis y codirector/a.
3.1. El personal investigador incluido en el Anexo I actuará como director/a de la Tesis
Doctoral, y siempre que sea posible, como tutor/a de la persona contratada predoctoral
beneficiaria en el Programa de Doctorado en el que se matricule.
3.2. Podrá actuar como codirector/a de tesis un investigador o investigadora que
cumpla los requisitos establecidos en la normativa para los mismos.
3.3. El personal investigador en formación deberá realizar su labor en la línea
establecida en el Anexo I a la que pertenezca su director/a de tesis. En el caso de que
el director de tesis abandone la Universidad de Jaén, el Vicerrectorado de Investigación
resolverá si procede la adscripción del beneficiario/a de la ayuda predoctoral a un nuevo
director de tesis, previo informe emitido por la Comisión de Investigación.