3. Otras disposiciones. . (2023/76-34)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Pádel.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

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proveedor más adecuado, será lo más riguroso posible demostrando con claridad para su
publicación que no ha existido ningún trato de favor.
V. RÉGIMEN RETRIBUTIVO DEL PRESIDENTE Y PERSONAS MIEMBRO DE LA
DIRECCIÓN
Art. 5. De conformidad con La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía,
los Estatutos de la Federación, y demás normativa vigente en materia deportiva, el cargo
de Persona Titular de la Presidencia podrá ser remunerado siempre que tal acuerdo,
así como la cuantía de la remuneración, sea aprobado por la mayoría absoluta de los
miembros de la Asamblea General.
Con la excepción de la Persona Titular de la Presidencia de la Federación, el resto
de los miembros de la Junta Directiva no percibirán retribución por el ejercicio de dicho
cargo, salvo que expresamente se posibilite en los propios Estatutos de la Federación
Andaluza de Pádel.
No se incluyen, en el concepto de retribución, el reembolso por los gastos ocasionados,
ni las dietas debidamente justificadas, que les hayan sido ocasionados por el desempeño
de su función.
En todo caso, la remuneración de la persona titular de la Presidencia, concluirá con el
fin de su mandato, no pudiendo extenderse más allá de la duración del mismo.
En ningún caso dicha remuneración podrá ser satisfecha con cargo a subvenciones
públicas.
VI. OBLIGACIONES ÉTICAS Y NORMAS DE ACTUACIÓN CORPORATIVA

Art. 7. De la igualdad de trato entre hombres y mujeres, sin que sea admisible ningún
tipo de discriminación en el trato, por razones de raza, creencia o religión.
1. La Federación Andaluza de Pádel, promoverá la igualdad efectiva de trato y
oportunidades, entre hombres y mujeres y, para ello, debe adoptar y hacer cumplir a
las personas miembro de la dirección y empleados, medidas dirigidas a evitar cualquier
discriminación por razón de sexo, raza, creencias o religión.
2. Todas las personas miembro de la dirección y empleados de la Federación
Andaluza de Pádel, se comprometen a evitar el uso de lenguaje sexista y a realizar
cuestionamientos sobre capacidades y situaciones particulares, por razón de sexo,
raza, creencias o religión, comprometiéndose a generar ambientes favorables hacia
la comprensión mutua y respeto entre compañeros de trabajo de diferente sexo, raza,
religión o creencias, siendo especialmente necesarios con relación a circunstancias de
protección sensibles, como la maternidad o conciliación familiar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Art. 6. Del respeto, equidad y dignidad, en el trato a todos los empleados, deportistas,
jueces árbitros, técnicos o entrenadores, clientes, proveedores y demás terceros que se
relacionen con la Federación Andaluza de Pádel.
1. Todas las personas miembro de la dirección y empleados de la Federación Andaluza
de Pádel, se comprometen a crear un entorno de trabajo digno, seguro y profesional, que
apoye y respete a las personas, sus derechos, su dignidad y sus condiciones personales
y que fomente el respeto mutuo y su colaboración.
2. No se permiten, y se deberán denunciar, en su caso, comportamientos ofensivos,
discriminatorios, maliciosos, humillantes y de menosprecio o acoso hacia persona
miembro de la dirección, empleados o terceras personas vinculadas o relacionadas con
la Federación Andaluza de Pádel.
3. Las personas miembro de la dirección o empleados podrán su máxima diligencia
cuando realicen actuaciones de carácter público, que sean susceptibles de perjudicar la
imagen y prestigio de la Federación Andaluza de Pádel.