3. Otras disposiciones. . (2023/76-34)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Pádel.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7199/30
00282236
11.6. Velar por que las estructuras participativas prevean las necesidades específicas
de los adolescentes y de los niños en crecimiento, permitiendo la participación en
diversos niveles, desde la actividad recreativa hasta la alta competición;
11.7. Apoyar la modificación de los reglamentos con objeto de atender las necesidades
específicas de los jóvenes, poniendo de relieve no sólo el éxito competitivo, sino también
el «juego limpio»;
11.8. Velar por la implantación de garantías con objeto de impedir la explotación de
los menores, en particular de los que muestren aptitudes precoces;
11.9. Procurar que todos los miembros o afiliados a una organización que asuman
responsabilidades respecto a los jóvenes y adolescentes posean las cualidades
necesarias para orientarlos, formarlos y educarlos y, en especial, velar por que conozcan
las transformaciones biológicos y psicológicas que implica el proceso de maduración del
menor.
12. Las personas asumirán las responsabilidades siguientes:
El comportamiento individual:
12.1. Poseer un comportamiento ejemplar que ofrezca un modelo positivo a los niños
y adolescentes; abstenerse en todo caso de recompensar, adoptar personalmente o
pasar por alto todo comportamiento desleal por parte de terceros; imponer las sanciones
adecuadas a este tipo de comportamiento;
12.2. Velar por que el nivel de formación y de calificación se ajuste a las necesidades
del menor, en función de los diferentes grados de participación en el deporte.
El trabajo con los jóvenes:
12.3. Convertir la salud, la seguridad y el bienestar del niño o del joven atleta en
la principal de sus prioridades, y lograr que estos objetivos sean prioritarios respecto
al logro del éxito por persona interpuesta, o a la reputación del club, de la escuela, del
entrenador o del padre;
12.4. Lograr que los niños vivan una experiencia deportiva que les anime a participar
toda su vida en actividades física saludables;
12.5. Abstenerse de tratar a los niños como si fuesen pequeños adultos, teniendo, en
cambio, conciencia de las transformaciones físicas y psíquicas que implica el desarrollo
del niño y del modo en que influyen en el rendimiento deportivo;
12.6. Abstenerse de situar al menor ante expectativas que no sea capaz de satisfacer;
12.7. Reconocer la importancia que tiene el disfrute y el gozo de la competición,
absteniéndose en todo caso de ejercer sobre el niño una presión indebida y contraria a
su derecho a decidir libremente sobre su participación;
12.8. Interesarse tanto por los individuos mejor dotados como por quienes no lo están
tanto, destacando y recompensando, aparte del éxito en la competición, el desarrollo
personal y la adquisición de conocimientos prácticos;
12.9. Alentar a los jóvenes a que creen sus propios juegos y adopten sus propias
reglas; a que actúen no sólo como competidores, sino también como entrenadores,
directivos o árbitros; a que fijen su propio sistema de gratificaciones y sanciones por
comportamientos leales o desleales; y a que se hagan responsables de sus actos;
12.10. Facilitar a los jóvenes y a sus familiares toda la información posible, con el fin
de que sean conscientes de los potenciales riesgos y atractivos del éxito.
Conclusión:
13. El «juego limpio» es esencial si se desea promover y desarrollar el deporte y
la participación deportiva. El comportamiento leal en el deporte, «el juego limpio», es
beneficioso para la persona, las organizaciones deportivas y la sociedad en su conjunto.
Nuestra obligación es fomentar ese espíritu.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7199/30
00282236
11.6. Velar por que las estructuras participativas prevean las necesidades específicas
de los adolescentes y de los niños en crecimiento, permitiendo la participación en
diversos niveles, desde la actividad recreativa hasta la alta competición;
11.7. Apoyar la modificación de los reglamentos con objeto de atender las necesidades
específicas de los jóvenes, poniendo de relieve no sólo el éxito competitivo, sino también
el «juego limpio»;
11.8. Velar por la implantación de garantías con objeto de impedir la explotación de
los menores, en particular de los que muestren aptitudes precoces;
11.9. Procurar que todos los miembros o afiliados a una organización que asuman
responsabilidades respecto a los jóvenes y adolescentes posean las cualidades
necesarias para orientarlos, formarlos y educarlos y, en especial, velar por que conozcan
las transformaciones biológicos y psicológicas que implica el proceso de maduración del
menor.
12. Las personas asumirán las responsabilidades siguientes:
El comportamiento individual:
12.1. Poseer un comportamiento ejemplar que ofrezca un modelo positivo a los niños
y adolescentes; abstenerse en todo caso de recompensar, adoptar personalmente o
pasar por alto todo comportamiento desleal por parte de terceros; imponer las sanciones
adecuadas a este tipo de comportamiento;
12.2. Velar por que el nivel de formación y de calificación se ajuste a las necesidades
del menor, en función de los diferentes grados de participación en el deporte.
El trabajo con los jóvenes:
12.3. Convertir la salud, la seguridad y el bienestar del niño o del joven atleta en
la principal de sus prioridades, y lograr que estos objetivos sean prioritarios respecto
al logro del éxito por persona interpuesta, o a la reputación del club, de la escuela, del
entrenador o del padre;
12.4. Lograr que los niños vivan una experiencia deportiva que les anime a participar
toda su vida en actividades física saludables;
12.5. Abstenerse de tratar a los niños como si fuesen pequeños adultos, teniendo, en
cambio, conciencia de las transformaciones físicas y psíquicas que implica el desarrollo
del niño y del modo en que influyen en el rendimiento deportivo;
12.6. Abstenerse de situar al menor ante expectativas que no sea capaz de satisfacer;
12.7. Reconocer la importancia que tiene el disfrute y el gozo de la competición,
absteniéndose en todo caso de ejercer sobre el niño una presión indebida y contraria a
su derecho a decidir libremente sobre su participación;
12.8. Interesarse tanto por los individuos mejor dotados como por quienes no lo están
tanto, destacando y recompensando, aparte del éxito en la competición, el desarrollo
personal y la adquisición de conocimientos prácticos;
12.9. Alentar a los jóvenes a que creen sus propios juegos y adopten sus propias
reglas; a que actúen no sólo como competidores, sino también como entrenadores,
directivos o árbitros; a que fijen su propio sistema de gratificaciones y sanciones por
comportamientos leales o desleales; y a que se hagan responsables de sus actos;
12.10. Facilitar a los jóvenes y a sus familiares toda la información posible, con el fin
de que sean conscientes de los potenciales riesgos y atractivos del éxito.
Conclusión:
13. El «juego limpio» es esencial si se desea promover y desarrollar el deporte y
la participación deportiva. El comportamiento leal en el deporte, «el juego limpio», es
beneficioso para la persona, las organizaciones deportivas y la sociedad en su conjunto.
Nuestra obligación es fomentar ese espíritu.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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