3. Otras disposiciones. . (2023/76-39)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización operativa, con enfoque evaluador, de la gestión de los planes y programas para la reducción del abandono educativo y para el incremento del éxito escolar.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

página 7175/8

El PEEA detalla una serie de medidas de prevención, compensación e intervención para disminuir
las tasas de fracaso escolar y abandono temprano de la educación y la formación, entre las cuales
se incluyen el PROA Andalucía. Si bien, el resto de los programas se han puesto en marcha una
vez promulgado el citado plan, todos podrían tener la consideración de actuaciones o medidas
de ejecución del PEEA.
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El marco legal y regulatorio específico9 de la gestión de estos planes y programas se completa
con la práctica habitual de la consejería competente en educación consistente en la emisión de
resoluciones y/o instrucciones para cada curso escolar en relación con la convocatoria, la
organización y el funcionamiento de los diferentes programas.

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La situación del abandono educativo y del éxito escolar en la Unión Europea, España y Andalucía
se expone en el apéndice 7.3.1.
Debe destacarse que los indicadores publicados por Eurostat y el actual Ministerio de Educación
y Formación Profesional agregan todos los centros docentes sin distinguir su titularidad (pública
y privada -enseñanza concertada y no concertada-). Se trata de los relativos a:




Abandono temprano de la educación y la formación (apéndice 7.3.1.1.).
Personas entre 20 y 24 años que han completado al menos la segunda etapa de la
educación secundaria (apéndice 7.3.1.2.1.).
Tasa bruta de graduación en la ESO (apéndice 7.3.1.2.2.).

En cambio, el indicador de “Alumnado de 4º de la ESO que promociona” (apéndice 7.3.1.2.3.),
publicado por el citado ministerio, desagrega por la titularidad de los centros docentes.
Por su parte, los indicadores de “abandono escolar” y de “alumnado de ESO que alcanza la
titulación”, elaborados por la consejería competente en educación (apéndice 7.3.1.3.),
distinguen por titularidad de los centros docentes financiados, si bien los datos presentados en
este informe son los relativos a los centros docentes públicos.

2. RESPONSABILIDAD DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
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La convocatoria, organización y funcionamiento de los planes y programas relacionados con el
abandono educativo y el éxito escolar, en virtud del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, corresponde a la
persona titular de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia
Escolar (en adelante DGADPCE), como responsable del diseño, desarrollo y ejecución de las
actuaciones y programas destinados al refuerzo de las competencias en matemáticas, lengua y

La normativa específica de los programas IMPULSA, PROA Andalucía y Programa de refuerzo educativo en periodo
estival se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/planesyprogramas/planes-educativos
En cuanto al programa PROA+, su normativa está accesible en el siguiente enlace de novedades:
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/novedades/-/contenidos/detalle/resolucion-de-27-deenero-de-2021-de-la-direccion-general-de-atencion-a-la-diversidad-participacion-y-convivencia

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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