3. Otras disposiciones. . (2023/76-33)
Resolución de 13 de abril de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de Remo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7187/45
Artículo 50.º Contenido de las resoluciones que decidan sobre recursos.
1. La resolución de un recurso confirmará, revocará o modificará la decisión recurrida,
no pudiendo, en caso de modificación, derivarse mayor perjuicio para el interesado,
cuando éste sea el único recurrente.
2. Si el órgano competente para resolver estimase la existencia de vicio formal,
podrá ordenar la retracción del procedimiento hasta el momento en que se produjo la
irregularidad, con la indicación expresa de la fórmula para resolverla.
Artículo 51.º Desistimiento de recurso.
1. Los interesados podrán desistir de su petición en cualquier momento del
procedimiento. Si el recurso hubiese sido interpuesto por dos o más interesados, el
desistimiento sólo afectará a quienes lo hubieran formulado.
2. El desistimiento se hará por escrito, poniendo fin al procedimiento, salvo que en
el plazo de diez días contados a partir de la correspondiente notificación, los posibles
terceros interesados que se hubiesen personado en el procedimiento, instasen la
continuación. Si la cuestión suscitada en el recurso entrañase interés general, o fuera
conveniente que substanciara para su definición y esclarecimiento, el órgano disciplinario
competente podrá limitar los derechos del desistimiento al interesado, y continuar el
procedimiento.
Disposición transitoria
Se autoriza a la Junta Directiva a subsanar, suprimir o introducir aquellas
modificaciones en el presente régimen disciplinario para las que fuere requerida por la
Dirección General competente en materia de deporte en cuanto sean de estricta legalidad
y obligado cumplimiento, y que serán comunicadas a la Asamblea General de la FAR.
Disposición derogatoria
00282216
Queda derogada cualquier disposición reglamentaria referente al régimen disciplinario
de la FAR, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
previsto en el presente Reglamento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023
página 7187/45
Artículo 50.º Contenido de las resoluciones que decidan sobre recursos.
1. La resolución de un recurso confirmará, revocará o modificará la decisión recurrida,
no pudiendo, en caso de modificación, derivarse mayor perjuicio para el interesado,
cuando éste sea el único recurrente.
2. Si el órgano competente para resolver estimase la existencia de vicio formal,
podrá ordenar la retracción del procedimiento hasta el momento en que se produjo la
irregularidad, con la indicación expresa de la fórmula para resolverla.
Artículo 51.º Desistimiento de recurso.
1. Los interesados podrán desistir de su petición en cualquier momento del
procedimiento. Si el recurso hubiese sido interpuesto por dos o más interesados, el
desistimiento sólo afectará a quienes lo hubieran formulado.
2. El desistimiento se hará por escrito, poniendo fin al procedimiento, salvo que en
el plazo de diez días contados a partir de la correspondiente notificación, los posibles
terceros interesados que se hubiesen personado en el procedimiento, instasen la
continuación. Si la cuestión suscitada en el recurso entrañase interés general, o fuera
conveniente que substanciara para su definición y esclarecimiento, el órgano disciplinario
competente podrá limitar los derechos del desistimiento al interesado, y continuar el
procedimiento.
Disposición transitoria
Se autoriza a la Junta Directiva a subsanar, suprimir o introducir aquellas
modificaciones en el presente régimen disciplinario para las que fuere requerida por la
Dirección General competente en materia de deporte en cuanto sean de estricta legalidad
y obligado cumplimiento, y que serán comunicadas a la Asamblea General de la FAR.
Disposición derogatoria
00282216
Queda derogada cualquier disposición reglamentaria referente al régimen disciplinario
de la FAR, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
previsto en el presente Reglamento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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