Disposiciones generales. . (2023/76-5)
Extracto de la Resolución de 17 de abril de 2023, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades del Tercer Sector que faciliten una solución habitacional a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

página 7179/2

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
ayudas, a entidades del Tercer Sector, de conformidad con la Orden de 24 de febrero
de 2022, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio,
publicada en BOJA núm. 42, de 3 de marzo de 2022.
Quinto. Importe.
1. El importe total de los créditos destinados a la convocatoria de 2023 ascenderán
a un total de 2.000.000 euros, pudiendo tener cada subvención una dotación máxima
de 250.000 euros, teniendo en cuenta además que el importe máximo es de 600
euros mensuales por cada una de las viviendas, alojamiento o dotación habitacional
proporcionadas a las personas objeto de la ayuda. En supuestos debidamente justificados
en base a estudios actualizados de la oferta de vivienda en alquiler en contraste con la
urgencia de la solución habitacional requerida, la renta arrendaticia o precio de cesión
establecido podrá alcanzar hasta 900 euros al mes, y hasta 200 euros al mes para
atender los gastos de comunidad.
Para la financiación de esta línea de ayudas se prevé un crédito inicial de 2.000.000
euros, de los cuales 1.000.000 euros corresponde a financiación autonómica y 1.000.000
euros corresponde a financiación estatal, según se indica en el siguiente cuadro, en el
que también se consignan las partidas presupuestarias.
Anualidad
2023

Partida presupuestaria
1700030000G/43A/48308/00
1700180000G/43A/48307/00
TOTAL

Importe
1.000.000 euros
1.000.000 euros
2.000.000 euros

La subvención media se estima en 35.000 euros, por lo que el crédito asignado
permitiría resolver aproximadamente 57 ayudas a entidades del tercer sector.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta que se produzca el
agotamiento del crédito asignado a esta convocatoria.
2. La resolución que adopte el agotamiento del crédito establecido en la convocatoria
se publicará en la página web de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda, finalizando el plazo para la presentación de solicitudes el día de esta
publicación, inadmitiéndose las solicitudes presentadas posteriormente.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
presente BOJA junto con la convocatoria.

00282209

Sevilla, 17 de abril de 2023.- La Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda, P.D. (Orden de 24.2.2022, BOJA núm. 42, de 3.3.2022), la Secretaria General
de Vivienda, Alicia Martínez Martín.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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