Disposiciones generales. . (2023/76-5)
Extracto de la Resolución de 17 de abril de 2023, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades del Tercer Sector que faciliten una solución habitacional a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Extracto de la Resolución de 17 de abril de 2023, de la Secretaría General
de Vivienda, por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia no
competitiva, a entidades del Tercer Sector que faciliten una solución habitacional
a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda
habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
BDNS (683315).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
1. Por la presente resolución se realiza la convocatoria en régimen de concurrencia no
competitiva, para la concesión de ayudas a entidades del Tercer Sector, de conformidad
con la Orden de 24 de febrero de 2022, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio, publicada en BOJA núm. 42, de 3 de marzo de 2022, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de
concurrencia no competitiva, a entidades del Tercer Sector que faciliten una solución
habitacional a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su
vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
2. Será de aplicación a la presente convocatoria el régimen jurídico contenido en el
apartado 3 del cuadro resumen de las bases reguladoras, en concordancia con el artículo 2
del texto articulado de las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva, aprobadas por Orden de 20 de diciembre de
2019.
3. De igual forma, se publican en la presente resolución:
a) Anexo I: Formulario de solicitud.
b) Anexo II: Formulario de alegaciones, aceptación y presentación de documentos.

Tercero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente resolución las
entidades del Tercer Sector, definidas en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer
Sector de Acción Social, que destinen las viviendas o cualquier otra solución habitacional,
en cualquier régimen de tenencia admitido en derecho (propiedad, arrendamiento, cesión,
uso...) a alojar a personas víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de
explotación sexual, víctimas de violencia sexual, a las personas objeto de desahucio de
su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282209

Segundo. Objeto.
Esta subvención tiene por objeto facilitar una solución habitacional, a través de la
financiación de la renta o precio de cesión establecido, a las entidades del Tercer
Sector que destinen las viviendas o cualquier alojamiento o dotación residencial pública
o privada, a personas víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de
explotación sexual, víctimas de violencia sexual, personas objeto de desahucio de su
vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.