5. Anuncios. . (2023/76-41)
Anuncio de 31 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Córdoba, por el que se concede autorización administrativa previa para el proyecto que se cita, en los términos municipales de Bujalance y Córdoba. (PP. 1490/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

página 6355/4

La disposición transitoria quinta del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, trata de
la actuación a seguir respecto a los aspectos urbanísticos, para los procedimientos de
autorización de instalaciones energéticas que estuvieran en tramitación en el momento
de la entrada en vigor de dicho decreto-ley. Se indica que en los casos en que se hubiera
evacuado el informe de compatibilidad urbanística, dicho informe habrá de ser tenido en
cuenta durante el procedimiento de autorización de instalaciones energéticas.
Por otra parte, tanto el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba como el de Bujalance,
durante el procedimiento de consultas establecidos en el artículo 127 del Real Decreto
1955/2000 realizadas durante el mes de abril de 2022, han informado cuestiones
urbanísticas que ya no son necesarias durante el trámite de autorización administrativa
previa competencia del órgano sustantivo.
Séptimo. En relación al informe ambiental vinculante la Delegación Territorial
de Desarrollo Sostenible en Córdoba emitió con fecha 24 de enero de 2023 informe
vinculante favorable conforme a lo previsto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, de 3
de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada.
La autorización ambiental unificada de la planta se puede consultar en la siguiente
dirección: http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Octavo. En relación al importe de la garantía necesaria para la restauración de
las condiciones ambientales y paisajísticas de los terrenos y de su entorno inmediato,
se regulaba según lo dispuesto en el artículo 52.6 de la Ley 7/2002, de Ordenación
Urbanística de Andalucía, 17 de diciembre, y según lo establecido en el artículo 12.4 de
la Ley 2/2007, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética
en Andalucía, normativa que estaba en vigor durante el trámite del expediente, la cual ha
sufrido variaciones durante dicho periodo. Por un lado la Ley 7/2002 ha sido derogada
por la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio
de Andalucía, y por otro, la Ley 2/2007 sufrió una modificación mediante el Decretoley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación
administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en
Andalucía, que ha eliminado que sea el órgano sustantivo quien determine el importe de
dicha garantía, teniendo que presentar el promotor proyecto de desmantelamiento ante el
ayuntamiento correspondiente cuando solicite la licencia urbanística municipal.
Noveno. El anteproyecto/proyecto contemplado para emitir la autorización administrativa
previa es el siguiente:
- Título documento: Proyecto básico planta solar fotovoltaica «Guadame Solar 3» de
35,475 MWp, en los t.m. de Córdoba y Bujalance (Córdoba), de fecha septiembre de
2021. Presenta también una fe de erratas con fecha 19 de octubre de 2021.
- Declaración responsable: De fecha 1 de septiembre de 2021.

Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran
establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por
la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía. De acuerdo con la distribución competencial vigente, las instalaciones
energéticas que son competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas
instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de
evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de
transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV, así como las
líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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