3. Otras disposiciones. . (2023/75-51)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se dictan instrucciones y se señalan los criterios de actuaciones en los procedimientos de elecciones sindicales del personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el año 2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 75 - Viernes, 21 de abril de 2023

página 7114/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Secretaría General de Servicios
Judiciales, por la que se dictan instrucciones y se señalan los criterios de
actuaciones en los procedimientos de elecciones sindicales del personal
al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de
Andalucía durante el año 2023.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 470, en relación con el artículo 474,
ambos de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en su nueva redacción
dada por Ley 19/2003, de 23 de diciembre, el personal al servicio de la Administración
Justicia está sometido, en cuanto a su régimen de participación y representación, a la Ley
9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de condiciones de
trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, teniendo
en cuenta lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público, así como al Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprobó
el Reglamento de elecciones a los órganos de representación del personal al servicio de
la Administración General del Estado, cuyo artículo 1.2 extiende expresamente su ámbito
de aplicación a este personal.
Las organizaciones sindicales han acordado establecer el calendario de elecciones
sindicales. Por ello, al ser la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública
el órgano competente en materia de personal funcionario al servicio de la Administración
de Justicia de las unidades electorales correspondientes a la Comunidad Autónoma de
Andalucía, resulta conveniente fijar mediante instrucción los criterios de actuación a tener
en cuenta en el desarrollo de las elecciones sindicales de dicho personal.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 11 del Decreto
164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Justicia, Administración Local y Función Pública.

Instrucción primera. Legislación aplicable en materia de elecciones.
La legislación aplicable en los procesos de selección a órganos de representación
del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad
Autónoma de Andalucía es la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación,
determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las
Administraciones Públicas, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril,
del Estatuto Básico del Empleado Público. Igualmente son de aplicación el Real Decreto
1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a
órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del
Estado, y Orden de 16 de julio de 1998, del Ministerio de Administraciones Públicas,
por la que se publican los modelos normalizados de impresos, sobres y papeletas de
votación a utilizar en las elecciones a órganos de representación del personal al servicio
de la Administración General del Estado, publicada en el BOE núm. 182, de 31 de julio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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