Disposiciones generales. . (2023/510-7)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Jaén, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma, en la provincia de Jaén.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Extraordinario núm. 10 - Jueves, 20 de abril de 2023

página 7204/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Salud y
Consumo en Jaén, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y
se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en
Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma, en
la provincia de Jaén.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El día 19 de abril de 2023 a las 09:00 horas en convocatoria ordinaria, se
reúne el Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto de la provincia
de Jaén, al objeto de informar sobre el nivel y grado de la alerta sanitaria y la aplicación
de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la
COVID-19, previa evaluación del riesgo sanitario y la proporcionalidad de la misma.
Segundo. Una vez examinados los datos epidemiológicos de incidencia acumulada
en los municipios de la provincia de Jaén, el Comité Territorial de Alertas de Salud
Pública de Alto Impacto de la provincia de Jaén, según consta en acta de 19 de abril de
2023, adopta por unanimidad lo siguiente:
- Mantener a todos los municipios comprendidos en el Distrito sanitario de Jaén en el
nivel de alerta 0 (según la Orden de 7 de mayo de 2021, y sus posteriores modificaciones
y demás normativa vigente en materia de salud pública).
- Mantener a todos los municipios comprendidos en el Distrito sanitario de Jaén
Norte en el nivel de alerta 0 (según la Orden de 7 de mayo de 2021, y sus posteriores
modificaciones y demás normativa vigente en materia de salud pública).
- Mantener a todos los municipios comprendidos en el Distrito sanitario de Jaén
Nordeste en el nivel de alerta 0 (según la Orden de 7 de mayo de 2021, y sus posteriores
modificaciones y demás normativa vigente en materia de salud pública).
- Mantener a todos los municipios comprendidos en el Distrito sanitario de Jaén
Sur en el nivel de alerta 0 (según la Orden de 7 de mayo de 2021, y sus posteriores
modificaciones y demás normativa vigente en materia de salud pública).
A los anteriores antecedentes de hecho son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. El artículo 1 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas
Especiales en Materia de Salud Pública dispone que al objeto de proteger la salud
pública y prevenir su pérdida o deterioro, las autoridades sanitarias de las distintas
administraciones públicas podrán, dentro del ámbito de sus competencias, adoptar
las medidas previstas en la misma cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia
o necesidad. Y el artículo 3, para el caso específico del control de las enfermedades
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282240

Primero. Esta Delegación Territorial de Salud y Consumo es competente para resolver
el presente procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Orden
de la Consejería de Salud y Familias de 7 de mayo de 2021, modificada posteriormente
en varias ocasiones, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan
medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la
contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma.