3. Otras disposiciones. . (2023/74-45)
Resolución de 14 de marzo de 2023, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueba la Política de Seguridad Interior, Seguridad TIC y de Protección de Datos de Carácter Personal en el ámbito de la Agencia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

página 6784/3

b) Garantizar el cumplimiento de toda la normativa que sea de aplicación a las
actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía en esta materia.
c) Colaborar a la seguridad a través de la protección del personal, personas usuarias
y activos de la Administración de la Junta de Andalucía.

5. Creación del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC.
Se crea el Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC del Servicio Andaluz de
Empleo. El Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC actuará como órgano de
dirección y seguimiento en materia tanto de Seguridad Interior como de los activos TIC
de titularidad de la Agencia o cuya gestión tenga encomendada.
5.1. Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC.
5.1.1. En el ámbito de la seguridad TIC, el Comité de Seguridad Interior y Seguridad
TIC del Servicio Andaluz de Empleo, tendrá asignadas las siguientes funciones de
acuerdo con las previsiones contenidas en la normativa reguladora del ENS y en la
normativa reguladora de la Seguridad TIC en la Administración de la Junta de Andalucía,
así como determinar la política de seguridad que se ha de emplear en la utilización de los
medios electrónicos que permita la adecuada protección de la información.
a) Aprobar el desarrollo de la Política de Seguridad TIC.
b) Velar por la concienciación y formación del personal en materia de Seguridad TIC.
c) Planificar y priorizar las iniciativas necesarias para cumplir con las directrices, los
objetivos y los principios básicos marcados en la presente política de Seguridad TIC.
d) Proporcionar los medios y recursos necesarios para posibilitar la realización de las
iniciativas planificadas.
e) Coordinar a alto nivel todas las actuaciones de seguridad, velando para que la
definición y el desarrollo de las mismas se adecuen en todo momento a las directrices
marcadas por la Política de Seguridad TIC, involucrando a las diferentes áreas implicadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281822

3. Marco regulador.
Se asume como marco regulador en materia de Seguridad Interior el establecido en
el Decreto 171/2020, de 13 de octubre, y en materia de Seguridad TIC, el que en cada
momento se defina, en virtud de la disposición adicional primera del Decreto 1/2011, de 11
de enero, por la Consejería competente en materia de coordinación y ejecución de las
políticas de seguridad de los sistemas de información y telecomunicaciones, a propuesta
del Comité de Seguridad TIC de la Junta de Andalucía. Todo ello, sin perjuicio de otra
normativa aplicable a este organismo en virtud de su naturaleza legal y sus competencias.
1. La estructura organizativa de la gestión de la seguridad del SAE está compuesta
por las siguientes figuras:
a) Comité de Seguridad Interior y Seguridad de las Tecnologías de la Información y
Comunicaciones de la Agencia, en adelante Comité de Seguridad Interior y Seguridad
TIC. Grupo de Respuesta a Incidentes en los Sistemas de Información.
b) Unidad de Seguridad TIC. La persona responsable de esta Unidad de Seguridad
tendrá la condición de persona responsable de Seguridad TIC.
c) Unidad de Seguridad Interior.
d) Puntos de coordinadores de Seguridad Interior en cada provincia.
e) Responsable de la Información.
f) Responsable del Sistema.
g) Responsable del Servicio.
Además, en el ámbito de la Agencia, las siguientes figuras ostentan atribuciones
directamente relacionadas con la Seguridad TIC, que son las que les asigna la normativa
sobre protección de datos de carácter personal:
a) Responsables de los Tratamientos de datos de carácter personal.
b) Encargados de los Tratamientos de datos de carácter personal.
c) El Delegado de Protección de Datos, en adelante DPD.