3. Otras disposiciones. . (2023/74-49)
Orden de 29 de marzo de 2023, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Aguacate.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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OBLIGATORIAS
PROHIBIDAS
RECOMENDADAS
Se dispondrá de un plan general de abonado que detallará las necesidades
nutritivas del cultivo en cada parcela de la explotación y especificará al menos:
- Las aportaciones que se deben realizar según la absorción periódica del
cultivo y la presencia de nutrientes en el suelo.
- La época y forma de aplicación más adecuada para minimizar las pérdidas
por lixiviación o erosión.
Los oligoelementos se integrarán en función de las necesidades y exigencias
del cultivo.
Para el cálculo del plan, las necesidades nutritivas serán establecidas
anualmente en base a:
Programación de la fertilización sin contar
con los previos análisis foliares, de suelo
y de agua.
Alcanzar un nivel de materia orgánica del 2 %
(mediante un manejo adecuado de restos orgánicos
y/o las correspondientes enmiendas orgánicas) y un
pH comprendido entre 6 y 7,6 (mediante las
correspondientes enmiendas).
ENMIENDAS Y
FERTILIZACIÓN
00282030
Sobrepasar los 175 kg totales
nitrógeno por hectárea y año.
de
Aplicación de N nítrico en los márgenes
de las parcelas lindantes a corrientes de
agua.
En el caso de que existan carencias, se aplicará al
suelo la dosis correspondiente por árbol,
recomendándose:
Para el Magnesio: sulfato de magnesio. Este deberá
contener la menor cantidad posible de cloruro sódico.
Para el Hierro: sulfato de hierro. Puede sustituirse por
quelatos acidificantes del suelo.
Sólo se aplicará Calcio y Magnesio en suelos ácidos y
en el caso de que el análisis foliar evidencie carencia.
También se puede utilizar el Fosfito Potásico (mezcla
de ácido fosforoso y anhídrido potásico) como fuente
de Fósforo y Potasa.
Aplicación de azufre u otras sustancias acidificantes
cuándo pueda haber afección de la producción por
valores críticos de cal = caliza activa 10 %,
carbonatos 30 - 40 %.
Los fertilizantes nitrogenados se aplicarán con el
mayor grado de fraccionamiento posible.
Se evitará el almacenamiento de estiércol cerca de las
fuentes de agua.
Cuando se utilice abono verde se segará e incorporará
en superficie bajo el árbol.
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023
7 de 22
Superar el 50 % de las cantidades
autorizadas en cuanto a contenido de
metales pesados o los límites
establecidos en cuanto a patógenos u
otros productos tóxicos, cuando se
aporten abonos orgánicos.
página 6993/9
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
[NO3-] x Vr x 22,6
Kg N/ha = ------------------------------------ x Ef
siendo:
105
[NO3 ]= Concentración de nitrato en el agua de riego en ppm
Vr = Volumen total de riego en m 3/ha
22,6 = Porcentaje de N en la concentración de nitrato
Ef = Factor que depende de la eficiencia del riego y considera la pérdida de
agua. Los valores pueden oscilar entre 0,7 y 0,85
La toma de muestra de hojas para su analítica se realizará entre octubre y
noviembre, sobre parcelas homogéneas respecto a condiciones de suelo
(textura, profundidad, fertilidad, color...) y arbolado (variedad/patrón, edad,
porte, producción, etc.) El n.º de árboles por hectárea a muestrear será entre 10
y 20, evitando aquellos que presenten algún tipo de daño. Se debe tomar una
hoja por cada orientación, a una altura aproximada de 1 m. Las hojas deben
estar completas (peciolo más limbo), maduras (corresponder al crecimiento de
primavera) y pertenecer a ramas que no tengan frutos.
Si se aportan abonos orgánicos de origen animal, la aportación anual se limitará
a 30 Tm/ha y se fraccionará en 3 aplicaciones de 10 Tm/ha.
Las extracciones (Kg/Tn de producción) a los efectos anteriores, se establecen
en:
N ................25.5
P2 O5 ..........11
K 2O .......... 47
Se cumplirán los requisitos aplicables a explotaciones situadas en zonas
declaradas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes
agrarias según la normativa vigente.
Uso de abonos orgánicos con sospecha
de presencia de metales pesados sin
contar con análisis específico.
En la toma de muestras, para la analítica foliar, es
recomendable identificar los árboles para que cada
vez que se realice el muestreo, las hojas sean
tomadas siempre de los mismos ejemplares y se
puedan comparar los resultados en años sucesivos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
1) El estado nutricional de la plantación, determinado por el análisis foliar que
se realizará anualmente. Se tendrán en cuenta los niveles de referencia
establecidos, con carácter orientativo en el Cuadro n.º 2.
2) Las características del suelo (especificadas en la analítica) y los síntomas
visuales de carencias nutricionales.
3) Factores como la edad de la plantación, niveles productivos y sistemas de
cultivo.
4) Posibles aportaciones de elementos fertilizantes contenidos en el agua.
En el caso del Nitrógeno se estimará la cantidad aportada por el riego en función
de su concentración en nitratos, con la fórmula siguiente:
Utilización de compost procedente de
residuos sólidos urbanos o depuradoras
que no cumplan con la normativa vigente
para su aplicación en suelos agrícolas.
BOJA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
EXIGENCIAS
PROHIBIDAS
RECOMENDADAS
Se dispondrá de un plan general de abonado que detallará las necesidades
nutritivas del cultivo en cada parcela de la explotación y especificará al menos:
- Las aportaciones que se deben realizar según la absorción periódica del
cultivo y la presencia de nutrientes en el suelo.
- La época y forma de aplicación más adecuada para minimizar las pérdidas
por lixiviación o erosión.
Los oligoelementos se integrarán en función de las necesidades y exigencias
del cultivo.
Para el cálculo del plan, las necesidades nutritivas serán establecidas
anualmente en base a:
Programación de la fertilización sin contar
con los previos análisis foliares, de suelo
y de agua.
Alcanzar un nivel de materia orgánica del 2 %
(mediante un manejo adecuado de restos orgánicos
y/o las correspondientes enmiendas orgánicas) y un
pH comprendido entre 6 y 7,6 (mediante las
correspondientes enmiendas).
ENMIENDAS Y
FERTILIZACIÓN
00282030
Sobrepasar los 175 kg totales
nitrógeno por hectárea y año.
de
Aplicación de N nítrico en los márgenes
de las parcelas lindantes a corrientes de
agua.
En el caso de que existan carencias, se aplicará al
suelo la dosis correspondiente por árbol,
recomendándose:
Para el Magnesio: sulfato de magnesio. Este deberá
contener la menor cantidad posible de cloruro sódico.
Para el Hierro: sulfato de hierro. Puede sustituirse por
quelatos acidificantes del suelo.
Sólo se aplicará Calcio y Magnesio en suelos ácidos y
en el caso de que el análisis foliar evidencie carencia.
También se puede utilizar el Fosfito Potásico (mezcla
de ácido fosforoso y anhídrido potásico) como fuente
de Fósforo y Potasa.
Aplicación de azufre u otras sustancias acidificantes
cuándo pueda haber afección de la producción por
valores críticos de cal = caliza activa 10 %,
carbonatos 30 - 40 %.
Los fertilizantes nitrogenados se aplicarán con el
mayor grado de fraccionamiento posible.
Se evitará el almacenamiento de estiércol cerca de las
fuentes de agua.
Cuando se utilice abono verde se segará e incorporará
en superficie bajo el árbol.
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023
7 de 22
Superar el 50 % de las cantidades
autorizadas en cuanto a contenido de
metales pesados o los límites
establecidos en cuanto a patógenos u
otros productos tóxicos, cuando se
aporten abonos orgánicos.
página 6993/9
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
[NO3-] x Vr x 22,6
Kg N/ha = ------------------------------------ x Ef
siendo:
105
[NO3 ]= Concentración de nitrato en el agua de riego en ppm
Vr = Volumen total de riego en m 3/ha
22,6 = Porcentaje de N en la concentración de nitrato
Ef = Factor que depende de la eficiencia del riego y considera la pérdida de
agua. Los valores pueden oscilar entre 0,7 y 0,85
La toma de muestra de hojas para su analítica se realizará entre octubre y
noviembre, sobre parcelas homogéneas respecto a condiciones de suelo
(textura, profundidad, fertilidad, color...) y arbolado (variedad/patrón, edad,
porte, producción, etc.) El n.º de árboles por hectárea a muestrear será entre 10
y 20, evitando aquellos que presenten algún tipo de daño. Se debe tomar una
hoja por cada orientación, a una altura aproximada de 1 m. Las hojas deben
estar completas (peciolo más limbo), maduras (corresponder al crecimiento de
primavera) y pertenecer a ramas que no tengan frutos.
Si se aportan abonos orgánicos de origen animal, la aportación anual se limitará
a 30 Tm/ha y se fraccionará en 3 aplicaciones de 10 Tm/ha.
Las extracciones (Kg/Tn de producción) a los efectos anteriores, se establecen
en:
N ................25.5
P2 O5 ..........11
K 2O .......... 47
Se cumplirán los requisitos aplicables a explotaciones situadas en zonas
declaradas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes
agrarias según la normativa vigente.
Uso de abonos orgánicos con sospecha
de presencia de metales pesados sin
contar con análisis específico.
En la toma de muestras, para la analítica foliar, es
recomendable identificar los árboles para que cada
vez que se realice el muestreo, las hojas sean
tomadas siempre de los mismos ejemplares y se
puedan comparar los resultados en años sucesivos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
1) El estado nutricional de la plantación, determinado por el análisis foliar que
se realizará anualmente. Se tendrán en cuenta los niveles de referencia
establecidos, con carácter orientativo en el Cuadro n.º 2.
2) Las características del suelo (especificadas en la analítica) y los síntomas
visuales de carencias nutricionales.
3) Factores como la edad de la plantación, niveles productivos y sistemas de
cultivo.
4) Posibles aportaciones de elementos fertilizantes contenidos en el agua.
En el caso del Nitrógeno se estimará la cantidad aportada por el riego en función
de su concentración en nitratos, con la fórmula siguiente:
Utilización de compost procedente de
residuos sólidos urbanos o depuradoras
que no cumplan con la normativa vigente
para su aplicación en suelos agrícolas.
BOJA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
EXIGENCIAS