Disposiciones generales. . (2023/73-1)
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan, para 2023, las subvenciones que se citan.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Miércoles, 19 de abril de 2023

página 6961/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social, por la que se convocan, para 2023, las subvenciones que
se citan.
Por Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio
de 2014 (BOJA núm. 113, de 13 de junio de 2014), se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo
de la Economía Social para el Empleo.
La citada orden, en el apartado 1 de la disposición adicional única, delega en la
persona titular de la Dirección General de Economía Social, hoy Dirección General de
Trabajo Autónomo y Economía Social de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo la competencia para convocar, mediante resolución, las subvenciones
reguladas en dicha orden.
En virtud de lo establecido en el artículo 9 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y
Trabajo Autónomo, se le asignan a ésta, en su artículo 1.h) las competencias atribuidas
a la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre la economía social y, en especial, las
cooperativas y las sociedades laborales. Estas competencias se ejercen a través de la
Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social a quien le corresponde entre
otras, las funciones relativas a empresas de economía social y sus asociaciones, así
como la promoción de acciones para la creación y desarrollo de empresas de economía
social y con las asociaciones representativas de los colectivos de empresas de economía
social y de los agentes económicos y sociales más representativos en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
En este marco competencial, impulsar el crecimiento y la competitividad del tejido
empresarial compuesto por las cooperativas y sociedades laborales así como consolidar
la actividad de las asociaciones representativas de los intereses de las entidades de
economía social, se configuran como objetivos primordiales de la Dirección General de
Trabajo Autónomo y Economía Social.
En virtud de lo anterior,
RESUELVO

Segundo. Régimen jurídico.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en todos
sus términos por lo establecido en la Orden de 6 de junio de 2014 y por el resto de normativa
que resulte de aplicación al momento en el que la misma comience a producir sus efectos.
Tercero. Entidades beneficiarias.
1. Podrán resultar beneficiarias las entidades previstas en el artículo 3.1.a) de la
Orden de 6 de junio de 2014.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281997

Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, las
subvenciones correspondientes a la Línea 7. Asociacionismo, regulada en la Orden de la
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de
Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.