5. Anuncios. . (2023/70-68)
Anuncio de 15 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Sorihuela del Guadalimar, por el que se aprueban las bases y la convocatoria excepcional, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso, para cubrir la plaza de Auxiliar Administrativo/a vacante en este Ayuntamiento. (PP. 1121/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Viernes, 14 de abril de 2023

página 4533/9

Décima. Recursos.
Las presentes bases vinculan a la administración, al Tribunal de selección y a quienes
participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria como sus bases
y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal de
selección podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina
la Ley 7/85, de 2 abril, reguladora de las bases de Régimen Local y la Ley 39/2015, del
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como en su caso en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con
las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en
la sede electrónica del este Ayuntamiento https://www.sorihueladelguadalimar.es y, en su
caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión, antes de 31 de diciembre de 2022.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este
Ayuntamiento de Sorihuela del Guadalimar, de conformidad con los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de Sorihuela del Guadalimar, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente
o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda
ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

00279606

Sorihuela del Guadalimar, 15 de diciembre de 2022.- La Alcaldesa, Ana Belén Rescalvo
Alguacil.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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