3. Otras disposiciones. . (2023/69-38)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Algarrobo (Málaga).
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 69 - Jueves, 13 de abril de 2023
página 6666/2
Algarrobo para que aportara y subsanara la documentación presentada, concediéndole
para ello un plazo de diez días y quedando en suspenso el plazo para dictar resolución.
Tercero. Con fecha 2 de febrero de 2023, el Ayuntamiento de Algarrobo presenta,
en tiempo y forma, en la mencionada Delegación Territorial la documentación requerida
y modificación de la solicitud presentada con fecha 28 de diciembre de 2022, en los
siguientes extremos:
- Criterio del artículo 2 del Decreto 2/2014, de 14 de enero por el que solicita la
declaración: «2. Haber sido declarada Patrimonio de la Humanidad o contener uno o
varios bienes inmuebles de Interés cultural integrados en el patrimonio histórico artístico».
- Períodos: Únicamente para los períodos de Semana Santa y período estival.
Cuarto. Con fecha 13 de febrero de 2023 la Delegación Territorial de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, conforme a lo establecido en el artículo 6.3 de
Decreto 2/2014, de 14 de enero, informa favorablemente la declaración de una ZGAT en
el municipio de Algarrobo, para el siguiente ámbito, períodos y vigencia:
- Ámbito territorial: Término municipal completo.
- Períodos:
• Semana Santa: Desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección, ambos
incluidos.
• Período estival: Desde el 1 de junio al 30 de septiembre.
- Vigencia: Indefinida, mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la
declaración.
Quinto. El Consejo Andaluz de Comercio, reunido en sesión extraordinaria el 20 de
marzo de 2023, ha sido oído en el procedimiento de declaración de una ZGAT en el
municipio de Algarrobo, con el ámbito territorial, períodos y vigencia mencionados en el
antecedente cuarto.
Sexto. Con fecha 20 de marzo de 2023 se notifica, al Ayuntamiento de Algarrobo,
la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Comercio, de 20 de marzo de
2023, por la que se declara una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios
comerciales, en este municipio, concediéndole un plazo de diez días para que presente
alegaciones a la misma, si lo estima procedente, conforme a lo establecido en el artículo
7.2 del Decreto 2/2014, de 14 de enero.
Séptimo. Mediante escrito de fecha 24 de marzo de 2022, el Ayuntamiento de
Algarrobo comunica que acepta la Propuesta de Resolución de la Dirección General de
Comercio de 20 de marzo de 2023.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. El Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, dispone en su
artículo 1.l), que corresponden a esta Consejería, las competencias relativas al comercio,
mediante la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dicha materia.
Tercero. El artículo 9.1 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan
los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281707
Primero. La Consejería competente en materia de comercio interior es actualmente la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en virtud del artículo 5 del Decreto
del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
BOJA
Número 69 - Jueves, 13 de abril de 2023
página 6666/2
Algarrobo para que aportara y subsanara la documentación presentada, concediéndole
para ello un plazo de diez días y quedando en suspenso el plazo para dictar resolución.
Tercero. Con fecha 2 de febrero de 2023, el Ayuntamiento de Algarrobo presenta,
en tiempo y forma, en la mencionada Delegación Territorial la documentación requerida
y modificación de la solicitud presentada con fecha 28 de diciembre de 2022, en los
siguientes extremos:
- Criterio del artículo 2 del Decreto 2/2014, de 14 de enero por el que solicita la
declaración: «2. Haber sido declarada Patrimonio de la Humanidad o contener uno o
varios bienes inmuebles de Interés cultural integrados en el patrimonio histórico artístico».
- Períodos: Únicamente para los períodos de Semana Santa y período estival.
Cuarto. Con fecha 13 de febrero de 2023 la Delegación Territorial de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, conforme a lo establecido en el artículo 6.3 de
Decreto 2/2014, de 14 de enero, informa favorablemente la declaración de una ZGAT en
el municipio de Algarrobo, para el siguiente ámbito, períodos y vigencia:
- Ámbito territorial: Término municipal completo.
- Períodos:
• Semana Santa: Desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección, ambos
incluidos.
• Período estival: Desde el 1 de junio al 30 de septiembre.
- Vigencia: Indefinida, mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la
declaración.
Quinto. El Consejo Andaluz de Comercio, reunido en sesión extraordinaria el 20 de
marzo de 2023, ha sido oído en el procedimiento de declaración de una ZGAT en el
municipio de Algarrobo, con el ámbito territorial, períodos y vigencia mencionados en el
antecedente cuarto.
Sexto. Con fecha 20 de marzo de 2023 se notifica, al Ayuntamiento de Algarrobo,
la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Comercio, de 20 de marzo de
2023, por la que se declara una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios
comerciales, en este municipio, concediéndole un plazo de diez días para que presente
alegaciones a la misma, si lo estima procedente, conforme a lo establecido en el artículo
7.2 del Decreto 2/2014, de 14 de enero.
Séptimo. Mediante escrito de fecha 24 de marzo de 2022, el Ayuntamiento de
Algarrobo comunica que acepta la Propuesta de Resolución de la Dirección General de
Comercio de 20 de marzo de 2023.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. El Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, dispone en su
artículo 1.l), que corresponden a esta Consejería, las competencias relativas al comercio,
mediante la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dicha materia.
Tercero. El artículo 9.1 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan
los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281707
Primero. La Consejería competente en materia de comercio interior es actualmente la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en virtud del artículo 5 del Decreto
del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.