Disposiciones generales. . (2023/69-1)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se aprueban los modelos de solicitud y se fijan determinados criterios de aplicación, para convocar la ayuda a la cosecha en verde destinada a uva de vinificación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 69 - Jueves, 13 de abril de 2023
página 6524/4
i) El Real Decreto 774/2014, de 12 de septiembre, por el que se desarrolla la aplicación
del artículo 167 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y se fijan los requisitos y el contenido de una norma
de comercialización en el sector del vino, y se aprueban las medidas aplicables a la
campaña 2013/2014 y se derogan determinadas normas en materia agraria y pesquera.
j) El Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas
del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
k) El Real Decreto 283/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto
1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo
2019-2023 al sector vitivinícola español.
l) El Plan General de Control de la ayuda a la cosecha en verde en aplicación del Real
Decreto 1363/2018. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
m) La Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de Sector Público.
n) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
o) Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
p) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vigente.
q) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
r) Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
s) El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
t) Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
u) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como las demás normas
básicas que desarrollen la Ley.
v) Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
Tercero. Operaciones subvencionables.
De conformidad con los requisitos de subvencionabilidad de las operaciones,
especificados en el artículo 47 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y con lo dispuesto en los artículos 76.2,
77 bis y 78 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las
medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, la cosecha en
verde solo podrá ser realizada de forma manual o mecánica, debiendo ser enterrados en
la parcela de origen para su biodegradación los restos de la cosecha eliminada.
Quinto. Cuantía de las ayudas.
1. La cuantía de la ayuda se determinará conforme a lo establecido en el artículo 83
del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre.
2. En aplicación de lo establecido en el artículo 83.2.a) se pagará una compensación
por la pérdida de ingresos por cada parcela objeto de ayuda, del 50% del valor medio de
la uva de las tres últimas campañas en la parcela objeto de la ayuda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281563
Cuarto. Personas beneficiarias.
A los requisitos para poder optar a la condición de personas beneficiarias de la
ayuda contemplados en el artículo 77 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, se
añade el siguiente: no ser deudor de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 69 - Jueves, 13 de abril de 2023
página 6524/4
i) El Real Decreto 774/2014, de 12 de septiembre, por el que se desarrolla la aplicación
del artículo 167 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y se fijan los requisitos y el contenido de una norma
de comercialización en el sector del vino, y se aprueban las medidas aplicables a la
campaña 2013/2014 y se derogan determinadas normas en materia agraria y pesquera.
j) El Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas
del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
k) El Real Decreto 283/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto
1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo
2019-2023 al sector vitivinícola español.
l) El Plan General de Control de la ayuda a la cosecha en verde en aplicación del Real
Decreto 1363/2018. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
m) La Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de Sector Público.
n) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
o) Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
p) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vigente.
q) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
r) Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
s) El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
t) Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
u) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como las demás normas
básicas que desarrollen la Ley.
v) Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
Tercero. Operaciones subvencionables.
De conformidad con los requisitos de subvencionabilidad de las operaciones,
especificados en el artículo 47 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y con lo dispuesto en los artículos 76.2,
77 bis y 78 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las
medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, la cosecha en
verde solo podrá ser realizada de forma manual o mecánica, debiendo ser enterrados en
la parcela de origen para su biodegradación los restos de la cosecha eliminada.
Quinto. Cuantía de las ayudas.
1. La cuantía de la ayuda se determinará conforme a lo establecido en el artículo 83
del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre.
2. En aplicación de lo establecido en el artículo 83.2.a) se pagará una compensación
por la pérdida de ingresos por cada parcela objeto de ayuda, del 50% del valor medio de
la uva de las tres últimas campañas en la parcela objeto de la ayuda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281563
Cuarto. Personas beneficiarias.
A los requisitos para poder optar a la condición de personas beneficiarias de la
ayuda contemplados en el artículo 77 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, se
añade el siguiente: no ser deudor de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.