Disposiciones generales. . (2023/509-3)
Orden de 11 de abril de 2023, por la que se adoptan medidas excepcionales y temporales en materia de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 9 - Martes, 11 de abril de 2023

página 6782/3

Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul,
ACUERDO
Primero. Suspensión de las autorizaciones y notificaciones de quema y suspensión
del uso del fuego en zonas recreativas y de acampada acondicionadas para su empleo.
Suspender temporalmente los efectos de las autorizaciones y notificaciones de
quema adoptadas o comunicadas, así como el plazo de presentación de las solicitudes y
comunicaciones de quema al amparo del Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el
que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.
Suspender temporalmente el uso del fuego para la preparación de alimentos o
cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras, y las
zonas recreativas y de acampada, aun estando habilitadas para ello. No obstante, previa
autorización de la Delegación Territorial competente en materia de medio ambiente,
podrán realizarse las actividades que se relacionan en el artículo 2 de la Orden de 21
de mayo de 2009, por la que se establece limitaciones de usos y actividades en terrenos
forestales y zonas de influencia forestal.
Segundo. Ámbito territorial de aplicación.
La suspensión temporal de los efectos y del plazo de presentación de las solicitudes
de autorización y comunicaciones, así como del empleo del fuego se extiende a los
terrenos forestales y a las zonas de influencia forestal de todo el territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Tercero. Ámbito temporal de las medidas de suspensión.
La suspensión temporal dictada en la presente orden se extenderá hasta las 23:59
horas del día 24 de abril de 2023.
Cuarto. Modificación transitoria de la época de peligro medio.
Se adelanta la época de peligro medio de incendios forestales a las 00:00 horas del
día 15 de abril de 2023.
Quinto. Publicación.
La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de
conformidad con el artículo 48.7 de la Ley de Montes.
Asimismo, se notificará de forma inmediata a las autoridades locales y se informará
al conjunto de la población afectada de la adopción de estas medidas, a través de los
medios que garanticen su máxima difusión.
Sexto. Efectos.
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 11 de abril de 2023
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL

00281820

Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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