Disposiciones generales. . (2023/67-1)
Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 11 de abril de 2023

página 6439/41

m) La incorporación de formación en economía circular a la formación continua de las
personas trabajadoras.
n) La incorporación de formación específica en materia de economía circular dentro de la
formación continua del personal dependiente de la Administración de la Junta de Andalucía.
3. Asimismo, la Consejería competente en materia de medio ambiente impulsará
la colaboración con la Administración local, a través de la asociación andaluza de
entidades locales más representativa, para fomentar actividades de formación y mejora
de conocimiento, así como de promoción de buenas prácticas en el ámbito local.
Artículo 74. Apoyo a la investigación en materia de economía circular.
1. Las universidades públicas y privadas de Andalucía, y otros centros de investigación,
desarrollarán proyectos de investigación y líneas de colaboración con empresas privadas
y otros agentes económicos en materia de economía circular, para lo que apoyarán el
desarrollo de capacidades, la formación y la movilidad del personal investigador en este
ámbito, participando en programas europeos o fomentando intercambios y acuerdos con
otras universidades.
2. La Administración de la Junta de Andalucía adaptará los programas de financiación
autonómicos para la investigación, con la creación de líneas específicas de economía
circular en los programas y planes de investigación existentes.
3. La Administración de la Junta de Andalucía fomentará, en el ámbito de los centros
de investigación autonómicos, los Centros Tecnológicos y los clústeres, la investigación
en materia de economía circular.

Artículo 76. Investigación, desarrollo e innovación en la industria de productos clave.
1. La Administración de la Junta de Andalucía impulsará, en las líneas de financiación
y subvención, el emprendimiento y el desarrollo de proyectos de innovación tecnológica,
mejora del conocimiento e investigación en el ámbito de la recuperación de las materias
primas fundamentales y la búsqueda de alternativas.
2. La Administración de la Junta de Andalucía promoverá el desarrollo e investigación
en el rediseño y desarrollo de los procesos industriales, productivos y de servicios,
de forma que se reduzca el consumo de agua o se incorpore un mayor porcentaje de
aguas regeneradas en las instalaciones y procesos de producción; del mismo modo se
fomentará el consumo de energías procedentes de fuentes renovables y la reducción
del consumo de energías con mayor componente de afectación al medio ambiente o a la
salud de las personas.
3. La Administración de la Junta de Andalucía promoverá la colaboración entre
grupos de investigación, asociaciones y entidades sociales y empresariales, colegios y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281478

Artículo 75. Impulso a la circularidad.
1. La Administración de la Junta de Andalucía, así como sus entes instrumentales,
impulsarán la investigación, desarrollo e innovación en economía circular; para ello podrán
suscribir instrumentos de colaboración con empresas u organizaciones empresariales
sectoriales o intersectoriales para el impulso de la investigación, el desarrollo y la
innovación en economía circular.
2. La Administración de la Junta de Andalucía coordinará iniciativas para la innovación
en economía circular en colaboración con universidades, organismos de investigación
y representantes de la industria y pequeñas y medianas empresas, reunidos en las
comunidades de conocimiento e innovación.
3. La Administración de la Junta de Andalucía velará por la defensa de la propiedad
intelectual e industrial como factor clave para impulsar la economía circular y el desarrollo
de nuevos modelos de diseño, producción y ejecución de bienes y servicios basados en
la circularidad de procesos y actividades.