Disposiciones generales. . (2023/509-1)
Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 9 - Martes, 11 de abril de 2023
página 6744/2
(AACID) y la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico
(Trade), que estará adscrita igualmente a la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos, así como la Agencia de Medio Ambiente y Agua (AMAYA), que estará
adscrita igualmente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y a la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
El Instituto Andaluz de Administración Pública, la Agencia Andaluza de la Energía y
las Fundaciones Públicas Andaluzas Barenboim-Said y El Legado Andalusí se adscriben
a las Consejerías que se indican en los artículos siguientes.»
Tres. El apartado 2 del artículo 7 queda con la siguiente redacción:
«2. Se mantienen en la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
las entidades actualmente adscritas a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible, incluida la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, que
también se adscribe a la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa y a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y
salvo la Fundación para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su entorno-Doñana 21, que
queda adscrita a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.»
Cuatro. El artículo 12 queda redactado como sigue:
«1. Corresponden a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul las competencias en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible que
actualmente venía ejerciendo la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, salvo la relativa a la lucha contra las emergencias ambientales causadas
por los incendios forestales, que pasa a ejercerse por la Consejería de la Presidencia,
Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, las relativas al uso, gestión y
conservación sostenible de los recursos marinos, así como las competencias en materia
de puertos que actualmente venía ejerciendo la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio.
2. Se adscriben a la Consejería de Sostenibilidad Medio Ambiente y Economía Azul
la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, asimismo adscrita a la Consejería
de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y a la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Agencia Pública de Puertos de Andalucía
y la Fundación para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su entorno-Doñana 21.»
Disposición adicional única. Referencias a los órganos cuya denominación se modifica.
Las referencias del ordenamiento jurídico a la Consejería de Política Industrial
y Energía se entenderán realizadas a la Consejería de Industria, Energía y Minas.
Igualmente, los nombramientos de personas titulares de órganos superiores, directivos
y territoriales vinculados a la Consejería de Política Industrial y Energía se entenderán
referidos a la nueva denominación de la Consejería establecida por esta norma.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que contradigan o se
opongan a lo establecido en este decreto.
Sevilla, 11 de abril de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281782
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 9 - Martes, 11 de abril de 2023
página 6744/2
(AACID) y la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico
(Trade), que estará adscrita igualmente a la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos, así como la Agencia de Medio Ambiente y Agua (AMAYA), que estará
adscrita igualmente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y a la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
El Instituto Andaluz de Administración Pública, la Agencia Andaluza de la Energía y
las Fundaciones Públicas Andaluzas Barenboim-Said y El Legado Andalusí se adscriben
a las Consejerías que se indican en los artículos siguientes.»
Tres. El apartado 2 del artículo 7 queda con la siguiente redacción:
«2. Se mantienen en la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
las entidades actualmente adscritas a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible, incluida la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, que
también se adscribe a la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa y a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y
salvo la Fundación para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su entorno-Doñana 21, que
queda adscrita a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.»
Cuatro. El artículo 12 queda redactado como sigue:
«1. Corresponden a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul las competencias en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible que
actualmente venía ejerciendo la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, salvo la relativa a la lucha contra las emergencias ambientales causadas
por los incendios forestales, que pasa a ejercerse por la Consejería de la Presidencia,
Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, las relativas al uso, gestión y
conservación sostenible de los recursos marinos, así como las competencias en materia
de puertos que actualmente venía ejerciendo la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio.
2. Se adscriben a la Consejería de Sostenibilidad Medio Ambiente y Economía Azul
la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, asimismo adscrita a la Consejería
de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y a la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Agencia Pública de Puertos de Andalucía
y la Fundación para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su entorno-Doñana 21.»
Disposición adicional única. Referencias a los órganos cuya denominación se modifica.
Las referencias del ordenamiento jurídico a la Consejería de Política Industrial
y Energía se entenderán realizadas a la Consejería de Industria, Energía y Minas.
Igualmente, los nombramientos de personas titulares de órganos superiores, directivos
y territoriales vinculados a la Consejería de Política Industrial y Energía se entenderán
referidos a la nueva denominación de la Consejería establecida por esta norma.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que contradigan o se
opongan a lo establecido en este decreto.
Sevilla, 11 de abril de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281782
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.