Disposiciones generales. . (2023/509-1)
Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 9 - Martes, 11 de abril de 2023

página 6744/1

1. Disposiciones generales
PRESIDENCIA
Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, por el que se modifica el Decreto
del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
distribuye entre los miembros de Consejo de Gobierno las correspondientes funciones
ejecutivas, conforme a lo establecido el artículo 118.4 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
Razones de eficacia, eficiencia y una mayor coordinación en la acción administrativa
hacen aconsejable concretar un ámbito competencial diferente para el desarrollo y
planificación del programa político del Gobierno, por lo que se considera conveniente proceder
a la modificación de las competencias que se atribuyen a determinadas Consejerías.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1.h) de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Modificación del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, queda modificado como sigue:

Dos. El artículo 2 queda redactado de la siguiente forma:
«1. Corresponden a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa las competencias que actualmente tiene atribuidas la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, salvo las relativas a
Administración Pública y coordinación de políticas migratorias.
Asimismo, se mantienen las competencias en materia de comunicación social y se
le asignan a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa la coordinación del diálogo con los agentes económicos y sociales, la
simplificación administrativa, la gestión de las ayudas y coordinación de la cooperación
internacional para el desarrollo, las relacionadas con el cumplimiento de los Objetivos
de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030, y las relaciones entre el Consejo de
Gobierno y el Parlamento de Andalucía. Se le asignan asimismo las competencias en
materia de transparencia que actualmente estaban asignadas a la Consejería de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración Local, las competencias en materia de economía
digital que actualmente estaban asignadas a la Consejería de Transformación Económica,
Industria, Conocimiento y Universidades, así como la competencia relativa a la lucha contra
las emergencias ambientales causadas por los incendios forestales, que actualmente
estaban asignadas a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
2. Se mantienen adscritas a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.
3. Se mantienen en la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa las entidades actualmente adscritas a la Consejería de la
Presidencia, Administración Pública e Interior, incluidas la Agencia Pública Empresarial
de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) y la Agencia Digital de Andalucía. Se le
adscribe asimismo la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00281782

Uno. La Consejería de Política Industrial y Energía pasa a denominarse Consejería
de Industria, Energía y Minas.