3. Otras disposiciones. . (2023/66-30)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 10 de abril de 2023

página 6374/2

- Vocal quinto-Secretario: Doña Soledad López Palacios, Jefa de Unidad del Área de
Contratación y Patrimonio. Suplencia: Don Eusebio Moreno Alonso, Jefe de Unidad del
Área de Contratación y Patrimonio.
Segundo. Funcionamiento.
1. La mesa de contratación tendrá como función asistir al Rector de la Universidad
Pablo de Olavide, como órgano de contratación conforme a la legislación de contratos del
sector público.
2. Todos los miembros de la mesa de contratación tendrán voz y voto, excepto el
Vocal Secretario y su suplente que tendrán solamente voz.
3. A las convocatorias, y a solicitud de la persona que ejerza la Presidencia de la
mesa, podrán asistir los asesores especializados que resulten necesarios según la
naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz, pero sin voto, tal y como
preceptúa el art. 326.5 de la Ley de Contratos del Sector Público, último párrafo.
Tercero. Disposición derogatoria.
Quedan sin efecto cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en esta resolución y, especialmente, las resoluciones rectorales de 9 de
marzo de 2018 y 16 de julio de 2019, en lo que hace a la composición de la mesa de
contratación.
Cuarto. Publicación y Entrada en vigor.
Esta resolución entrará en vigor el día 1 de marzo de 2023. Publíquese en el Perfil del
Contratante y remítase para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en
el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación,
recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 3 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que potestativamente
se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un
mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o
presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículo 123 y
siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.

00281408

Sevilla, 17 de marzo de 2023.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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