3. Otras disposiciones. . (2023/66-30)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 10 de abril de 2023

página 6374/1

3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide, de
Sevilla, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación.
El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece el
funcionamiento y composición de las mesas de contratación, como órganos de asistencia
técnica especializada, que asisten a los órganos de contratación de las Administraciones
Públicas.
Mediante Resolución Rectoral de 9 de marzo de 2018 se constituyó y estableció
la composición de la Mesa de Contratación Permanente de nuestra Universidad.
Posteriormente, mediante Resolución de 16 de julio de 2019 se renovó su vocal tercero.
La renovación del equipo de gobierno de la Universidad, tras las elecciones rectorales
del 12 de noviembre de 2020, llevaron a un cambio en la Gerencia de la misma, que hizo
oportuno proceder a la renovación de la Mesa de Contratación, lo que se hizo mediante
Resolución Rectoral de 8 de enero de 2021. Mediante Resolución de 30 de marzo de
2022 se renovó su vocal segundo. Por último, es necesaria una reestructuración en la
composición de la Mesa, en aras de la claridad y la seguridad jurídica, lo que se hace
mediante esta resolución en la que se clarifica su composición vigente a modo de texto
refundido.
Siendo así que el órgano de contratación de esta Universidad es el Rector, según
el artículo 32.1.n) de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 298/2003, de 21 de
octubre, y modificados, a su vez, por Decreto 265/2011, de 2 de agosto, el nombramiento
de los miembros de la mesa de contratación corresponde al mismo, conforme a lo
establecido en el apartado 3 el artículo 326 de la citada Ley de Contratos del Sector
Público.

Primero. Composición.
Presidencia: Don José Manuel Rosado Daza, Director del Área de Contratación y
Patrimonio. Suplencia: Doña Laura Rodríguez Luque, Vicegerente Económico y de
Contratación.
Vocales:
- Vocal primero: Don Baltasar Quintero Álvarez, asesor jurídico. Suplencia: Doña
Rosa M.ª Fernández Retamosa, asesora jurídica.
- Vocal segundo: Doña María Auxiliadora Calvo Egido, Directora del Área de
Infraestructuras, Mantenimiento y Eficiencia Energética. Suplente: Don Víctor
José Hernández Gómez, Director del Área de Tecnologías de la Información y
Telecomunicaciones.
- Vocal tercero: Doña Francisca Guerrero Ceballos, Directora del Área de Contabilidad
y Análisis de Costes. Suplente: Don Jesús Moreno Ramos, Jefe Unidad de Contabilidad
Financiera del Área de Contabilidad y Análisis de Costes.
- Vocal cuarto: Un funcionario o funcionaria del Área de Auditoría y Control Interno de
esta Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281408

En razón de lo expuesto, este Rectorado mediante la presente resolución viene a dar
cumplimiento al mandato del legislador en este punto, estableciendo la composición de
la mesa de contratación permanente de la Universidad Pablo de Olavide, y precisando
algunas reglas de su régimen de funcionamiento.