Disposiciones generales. . (2023/66-2)
Orden de 3 de abril de 2023, por la que se modifica la Orden de 24 de febrero de 2022, por las que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en el sector del transporte discrecional de personas viajeras por carretera en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 10 de abril de 2023

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA

El transporte público discrecional de personas viajeras por carretera es una parte
importante del sistema de movilidad en Andalucía con un amplio territorio y las grandes
distancias entre núcleos de población existentes, donde el desplazamiento en grupos
para múltiples actividades y necesidades siempre ha sido una actividad vital y necesaria
para las comunidades, donde los autobuses que no actúan en líneas regulares forman
parte del paisaje de los pueblos y ciudades de Andalucía llevando a las personas que
tienen intereses afines a eventos sociales, competiciones deportivas, excursiones, etc. La
pandemia de la COVID-19 ha provocado el confinamiento y aislamiento de las personas y
poblaciones, suspendiendo de modo radical esas actividades que se organizan de modo
social dejando al transporte discrecional en una situación extremadamente precaria.
En estas circunstancias, la situación de las personas trabajadoras autónomas, pymes
y cooperativas del sector del transporte discrecional de personas viajeras por carretera es
especialmente grave en un sector que posee un gran porcentaje de personas trabajadoras
autónomas, pymes y cooperativas, ya que vieron interrumpida su actividad debido a las
medidas de contención de la pandemia decretadas por el Gobierno, quedando suprimidos
sus ingresos. La falta de despegue económico, así como la situación de las empresas que
han reanudado la actividad han visto muy limitada su actividad y duramente afectada su
facturación por la gran contracción de la demanda y las limitaciones impuestas a causa
de la COVID-19, sin que la situación en la actualidad haya mejorado sustancialmente
para ellas.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, en su artículo 10, y el Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda, en su artículo 1.b), dispone que le corresponde a esta Consejería, dentro
del marco de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma por el artículo 45
del Estatuto de Autonomía para Andalucía, las relativas a fomento, ejerciendo esta
competencia, se especificarán los objetivos a los que se destinen las subvenciones
territorializables de la Administración central y las de la Unión Europea, así como la
regulación de las condiciones de otorgamiento y la gestión de su tramitación y concesión.
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 24 de febrero de 2022, en su
disposición adicional segunda, faculta a la persona titular de la Dirección General en
materia de movilidad para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la correcta
aplicación e interpretación de la presente orden, así como en el apartado octavo de la
Orden de 20 de abril de 2022 (BOJA número 81, de 29 de abril), la competencia para
resolver el procedimiento de concesión está delegada en la persona titular de la Dirección
General de Movilidad, hoy Dirección General de Movilidad y Transportes conforme al
Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
En virtud de las necesidades que presentaba el sector y las facultades otorgadas a
esta Dirección General, se diseñó una línea de subvenciones consistente en apoyar las
necesidades de capital circulante, y así contribuir a minimizar el impacto económico y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Orden de 3 de abril de 2023, por la que se modifica la Orden de 24 de febrero
de 2022, por las que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir
a minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en el sector del
transporte discrecional de personas viajeras por carretera en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.