3. Otras disposiciones. . (2023/65-27)
Orden de 30 de marzo de 2023, por la que se amplía y actualiza la autorización de determinadas enseñanzas en centros docentes públicos a partir del curso escolar 2023/24.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Miércoles, 5 de abril de 2023

página 6301/3

Noveno. Procedimientos de recolocación y de redistribución del personal funcionario
de carrera con destino definitivo.
Al personal funcionario de carrera con destino definitivo que, en su caso, pudiera
resultar afectado como consecuencia de la planificación educativa o de las necesidades
vinculadas a modificaciones del sistema educativo, se produzca la fusión de varios
centros públicos en uno, se desdoblen o supriman centros públicos o se trasladen
o supriman determinadas enseñanzas en un centro público, le será de aplicación lo
establecido en la Orden de 11 de abril de 2011, por la que se regulan los procedimientos
de recolocación y de redistribución del personal funcionario de carrera de los cuerpos
docentes contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.
Décimo. Aplicación y efectos académicos.
1. Se autoriza a los distintos órganos directivos de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional a dictar cuantas instrucciones sean precisas para la
aplicación de la presente orden, en el ámbito de sus respectivas competencias.
2. La presente orden tendrá efectos académicos a partir del curso escolar 2023/24.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con
los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 30 de marzo de 2023
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

ANEXO I
RELACIÓN DE INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA AUTORIZADOS A
IMPARTIR BACHILLERATO A PARTIR DEL CURSO ESCOLAR 2023/24

Granada
Jaén
Málaga
Málaga
Málaga

LOCALIDAD

CENTRO DOCENTE

MODALIDAD

Rota

11004866 - I.E.S. Castillo de Luna Artes (Artes Plásticas, Imagen y Diseño)
Ciencias y Tecnología
Huétor Vega
18009201 - I.E.S. Los Neveros
Humanidades y Ciencias Sociales
Alcalá la Real 23000106 - I.E.S. Alfonso XI
Artes (Artes Plásticas, Imagen y Diseño)
Málaga
29700746 - I.E.S. Mediterráneo
Artes (Artes Plásticas, Imagen y Diseño)
Ciencias y Tecnología
29701246 - I.E.S. Manuel
Málaga
Alcántara
Humanidades y Ciencias Sociales
Ciencias y Tecnología
Marbella
29017785 - I.E.S. Cilniana
Humanidades y Ciencias Sociales

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281337

PROVINCIA
Cádiz