3. Otras disposiciones. . (2023/65-35)
Orden de 20 de marzo de 2023, por la que se autoriza la creación de la Casa Museo Manuel de Falla (Granada) y se acuerda su inscripción en el Registro de Museos de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Miércoles, 5 de abril de 2023

página 6323/3

RESU ELVO
Primero. Autorizar al Ayuntamiento de Granada la creación de la Casa Museo Manuel
de Falla, de titularidad pública municipal, sin perjuicio del derecho de propiedad o de
otros derechos que puedan corresponder a terceros.
Segundo. La Casa Museo Manuel de Falla tiene su sede en un edificio histórico, el
carmen del Ave María, sito en la calle Antequeruela Alta, núm. 11, en Granada.
Tercero. Los fondos museísticos que integren la Casa Museo Manuel de Falla tendrán
la consideración de bienes de catalogación general establecida en la Ley 14/2007, de
26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, sin perjuicio de la protección
singular que a cada bien le pueda corresponder conforme a la citada ley.
Cuarto. En la percepción de derechos económicos por la visita pública deberá, en
todo caso, aplicarse el principio de igualdad entre las personas nacionales de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como garantizarse el acceso gratuito los días que
establece el artículo 22.2 de la la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones
Museográficas de Andalucía.
Quinto. Por la persona titular de la Casa Museo Manuel de Falla deberá remitirse
a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la información que se detalla en el
artículo 11 del Reglamento de Creación de Museos y de Gestión de Fondos Museísticos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 284/1995, de 28 de
noviembre, y garantizarse la conservación y el mantenimiento de los bienes culturales
que integran los fondos fundacionales o futuros de la institución, así como la protección
y accesibilidad de los mismos, en las condiciones legalmente previstas y que se
establezcan.
Sexto. Se acuerda inscribir la Casa Museo Manuel de Falla en el Registro de
Museos de Andalucía. La inscripción se practicará por la Dirección General de Museos
y Conjuntos Culturales con el código 092-B-067, en los términos del fundamento jurídico
quinto de esta orden.
Séptimo. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, de conformidad con el artículo 8.5 del Reglamento de Creación de Museos
y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo
dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sevilla, 20 de marzo de 2023