Disposiciones generales. . (2023/64-3)
Corrección de errores de la Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía (BOJA núm. 8, de 13.1.2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 64 - Martes, 4 de abril de 2023

página 6248/2

1.b) Finalidades:
Las finalidades de esta línea de subvenciones, a las cuales deberán adecuarse todas
las actuaciones subvencionables, son las siguientes:
a) Impulsar la actividad, la creación, las prácticas y los procesos culturales
contemporáneos, en estrecha vinculación con las comunidades y sus contextos sociales,
territoriales y culturales específicos, contribuyendo a la construcción de nuevos relatos,
imaginarios, representaciones, estéticas, valores y actitudes para el medio rural en el
contexto de los retos que plantea el mundo contemporáneo, así como poner en valor, en
diálogo con el presente, el patrimonio cultural, el conocimiento y la tradición.
b) Promover la dinamización, la modernización y la innovación de los sectores, y
agentes culturales y creativos que trabajan en el medio rural, favoreciendo la generación
de trabajo, la profesionalización y la creación de redes profesionales locales, regionales y
nacionales, así como promover la igualdad de género en estos sectores.
c) Favorecer la inclusión y estimular la participación ciudadana activa en la actividad
cultural como instrumento de participación democrática, bienestar, salud, y cohesión
social y territorial, con especial atención a la incorporación de estrategias de igualdad de
género, participación juvenil y colaboración de los centros educativos.
d) Promover la diversidad cultural, así como el diálogo y el intercambio rural-urbano.
e) Impulsar la contribución de la cultura a los objetivos de desarrollo sostenible (ODS),
sobre todo, aquellos vinculados con la sostenibilidad medioambiental.»
Dos. En el apartado «12.- Criterios de Valoración (Artículo 14)» del Cuadro Resumen:
Donde dice:
«5. Incorporación de indicadores de impacto del proyecto, con incidencia en la
sostenibilidad medioambiental, en la igualdad de género y en la inclusión de colectivos en
riesgo de exclusión social o personas con discapacidad: 5 puntos.»
Debe decir:

00281287

«5. Incorporación de indicadores de impacto del proyecto en los ámbitos social y
demográfico, de sostenibilidad medioambiental, de igualdad de género y de inclusión de
colectivos en riesgo de exclusión social o personas con discapacidad, entre otros: 5 puntos.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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